La ‘Ley de Riders’ entra en vigor el día de hoy
La ley que establece que las plataformas digitales de reparto deben contratar a sus repartidores como empleados por cuenta ajena, entra en vigor el día de hoy, jueves, 12 de agosto.
La ley que establece que las plataformas digitales de reparto deben contratar a sus repartidores como empleados por cuenta ajena, entra en vigor el día de hoy, jueves, 12 de agosto.
El Congreso ha aprobado la llamada ‘ley rider’ que estipula la obligatoriedad de las empresas a contratar a sus repartidores.
El acuerdo entre el Gobierno y los actores sociales establece que la Ley de ‘riders’ entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Empresas como Deliveroo, Glovo o Uber Eats se encuentran estudiando distintas alternativas para poder contratar a los ‘riders’.
La Sala Cuarta del Tribunal Supremo ha declarado como falsos autónomos a los repartidores (‘riders’) de la empresa Glovo
El ‘rider’ de Glovo que demandó a la empresa ha conseguido que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) le considere un empleado y no un autónomo.
La empresa de reparto Glovo y la aseguradora Chubb aumentarán la protección sobre los repartidores autónomos
El Juzgado de Madrid que lleva el caso indicó que los repartidores de Deliveroo eran «falsos autónomos», dando la razón a Seguridad Social
La empresa afirma que “creemos que los repartidores que decidieron no colaborar no pertenecen a la mayoría de los repartidores”
Los repartidores presionan a la empresa para mejorar las condiciones laborales “que se han aplicado y que no son justas”
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