También cobrarán la prestación por accidente laboral o enfermedad profesional desde el primer día
Los trabajadores por cuenta propia disfrutarán este 2019 de más protección, pero también cotizarán por todas las contingencias por las que cotizan los asalariados: contingencias comunes, incapacidad temporal, accidente profesional y enfermedades profesionales, paro (cese de actividad) y formación. Éstas son las nuevas ‘reglas del juego’ para los autónomos en España:
La base mínima sube 5,36 euros
Dos de cada tres autónomos cotizan por esta base, que en 2019 queda en 944,3 euros mensuales tras subir el 1,25% (5,36 euros al mes o 64 euros al año). El tipo de cotización aumenta en 0,2 puntos, del 29,8% al 30%, y escalará al 30,3% en 2020, al 30,6% en 2021 y al 30,9% en el cuarto año. Para autónomos societarios el alza es de 82 euros. Esta subida está en la línea de los últimos años y por debajo de la media que ha escalado cada ejercicio en los últimos 15 años, un 1,4%, si bien en términos acumulados llega al 21,1%.
Bajas laborales, no cotizarán el segundo mes
Cobrarán la prestación por accidente laboral y enfermedad profesional desde el primer día de baja y tendrán formación continua y reciclaje profesional como el resto de asalariados. Dejarán de cotizar a la Seguridad Social el segundo mes de baja por enfermedad o incapacitación temporal hasta el alta.
Cese de actividad, hasta dos años
Se mejora la prestación por cese de actividad, equivalente a la de paro, que pasa de 12 meses a 24. Una ayuda que para los autónomos nunca ha funcionado por tener unos requisitos en la práctica imposibles de cumplir. Lorenzo Amor, presidente de ATA, asegura que «más de la mitad de las solicitudes se deniegan. Es incomprensible. Ningún autónomo cierra por capricho y para cobrar una prestación de 600 euros durante tres meses. Si la solicitan es porque la necesitan y han cotizado por este concepto», dice. Desde esta asociación, la más representativa, se ha insistido siempre en que no es lógico que exista una prestación que estén pagando y cotizando los autónomos y que no se pueda cobrar.
Tarifa plana, a 60 euros
Pasa de 50 a 60 euros. Esta cuantía incluye las contingencias comunes y las profesionales y los trabajadores que se beneficien de ella no tendrán que cotizar por cese de actividad. Los requisitos para acceder a la tarifa son que el autónomo cause alta inicial o no hubiera estado en situación de alta en los dos años inmediatamente anteriores. Desde este año se incluye a los trabajadores agrarios, pero con 50 euros.
Pluriactividad, de oficio
No tendrá que reclamar la devolución del exceso de cotizaciones pagadas a la Seguridad Social en caso de pluriactividad. Se trata de autónomos que también tienen un trabajo por cuenta ajena. Para ellos está previsto el reintegro del 50% del exceso en que sus cotizaciones por contingencias comunes superen la cuantía que se fije en los Presupuestos cada año.