La ley que establece que las plataformas digitales de reparto deben contratar a sus repartidores como empleados por cuenta ajena, entra en vigor el día de hoy, jueves, 12 de agosto.
La conocida como ‘Ley de riders’, cambia la relación laboral de las diferentes plataformas digitales de reparto con las personas que realizan la labor de entrega, al establecer que estos deben ser tratados como empleados y no como autónomos.
La norma acordada en marzo por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, CCOO y UGT y las organizaciones empresariales CEOE y Cepyme, fue publicada el pasado 12 de mayo en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y ofrecía un plazo de tres meses antes de la entrada en vigor para permitir a las diferentes empresas poder encontrar soluciones para la contratación de los repartidores.
Esta nueva norma tiene un impacto directo sobre las distintas plataformas dedicadas al reparto o distribución de cualquier producto o mercancía y sus trabajadores, por lo que es más amplia y afecta a muchas empresas distintas a Glovo, Uber Eats o Deliveroo, dedicadas al reparto de comida a domicilio y de las que más se ha hablado.