El Gobierno pagará a las empresas hasta 5.000 euros la contratación de ‘ninis’

contratación de jóvenes

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado una orden ministerial en la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas dirigidas a la contratación de jóvenes de 16 a 30 años inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

La ayuda será otorgada por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, a través de la Fundación EOI, hasta un monto de 5.000 euros.

Para recibir esta subvención, la duración de los contratos tendrá que ser como mínimo de seis meses a jornada completa o el tiempo equivalente en jornada a tiempo parcial, no pudiendo ser inferior ésta al 50% de la jornada laboral completa.

El crédito total previsto para estas subvenciones asciende a un máximo de 1,5 millones de euros, que se financiará con cargo al presupuesto de la Fundación EOI y se cofinanciará en un 91,89% con el Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo de Empleo Juvenil y la Iniciativa de Empleo Juvenil. El 8,11% restante será aportado por el socio local y/o Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

El Programa Operativo de Empleo Juvenil es una iniciativa de la Comisión Europea que pretende poner en marcha durante el período 2014-2020 nuevas líneas de ayuda para los jóvenes, de uno y otro sexo, de más de 16 años y menos de 30 que no tengan ninguna ocupación laboral ni se encuentren estudiando o realizando algún ciclo formativo.

La finalidad que se pretende con estas subvenciones es que las personas jóvenes no ocupadas, ni integradas en los sistemas de educación o formación de estas edades puedan recibir una oferta de empleo tras acabar la educación formal o quedar desempleadas.

El pago de esta subvención de hasta 5.000 euros por contrato se realizará a la finalización del periodo subvencionable, previa justificación por parte de la empresa beneficiaria de la realización de la actividad objeto de la ayuda.

De esta subvención se podrán beneficiar las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica que, en su condición de empleadoras, contraten a jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Quedan excluidas de esta subvención las entidades dependientes o vinculadas a cualquier Administración Pública, cualquiera sea su forma jurídica.

SE SUBVENCIONARÁN TAMBIÉN LAS PRÁCTICAS NO LABORALES

El BOE de este martes también publica otra orden de Industria en la que se regulan las bases en la concesión de subvenciones para financiar becas a los jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil que realizan prácticas no laborales en empresas. En este caso, el crédito total previsto es de un máximo de 8,03 millones de euros.

El importe de la subvención será de 1,2 veces el IPREM mensual vigente por cada uno de los jóvenes mientras duren las prácticas si éstas tienen una duración de cuatro o más horas diarias y de 1,4 veces el IPREM cuando el joven tenga un reconocimiento de discapacidad superior al 33%.

Las prácticas no laborales en las entidades beneficiarias tendrán una duración de tres meses; y la jornada laboral será, como mínimo, de cuatro horas diarias, no pudiendo superar las 30 horas semanales.

Las prácticas se desarrollarán en centros de trabajo de la entidad beneficiaria o del grupo empresarial, bajo la dirección y supervisión de una persona que las tutorice.

Al igual que en el caso anterior, el gasto de estas subvenciones se cofinanciará en un 91,89% con el Fondo Social Europeo, a través del Programa Operativo de Empleo Juvenil y la Iniciativa de Empleo Juvenil, mientras que el 8,11% restante será aportado por el socio local y/o el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

La finalidad que se pretende con estas subvenciones es que las personas jóvenes incluidas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil que tengan entre 18 años y la edad máxima que fije el Sistema Nacional de Garantía Juvenil puedan realizar prácticas no laborales en entidades beneficiarias que les permitan tener su primera experiencia profesional.

Deberán tener una titulación oficial universitaria, titulación de formación profesional, de grado medio o superior, o titulación del mismo nivel que el de esta última, correspondiente a las enseñanzas de formación profesional, artísticas o deportivas, o bien un certificado de profesionalidad.

De estas ayudas podrán beneficiarse las empresas, (ya sean personas físicas o jurídicas), asociaciones y otras, entidades sin ánimo de lucro, que, previa firma de un convenio de prácticas no laborales con el Servicio Público de Empleo de la comunidad autónoma donde se halle el centro de trabajo, suscriban acuerdos con jóvenes para la realización de prácticas no laborales.

Dichos acuerdos deberán recoger al menos el contenido concreto de la práctica a desarrollar, la duración de la misma, las jornadas y horarios para su realización, el centro o centros donde se realizará, la determinación del sistema de tutorías, el importe neto a percibir por el joven y la certificación a la que éste tendrá derecho por la realización de las prácticas.

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