La Seguridad Social dispondrá de una ayuda para aquellos autónomos que hayan sufrido un accidente laboral, según reportó la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA)
La Seguridad Social ha establecido una ayuda para los autónomos que hayan sufrido un accidente laboral, según ha resaltado la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) en un comunicado.
En concreto, la organización ha afirmado que el pasado 13 de diciembre se publicó una resolución de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social en el Boletín Oficial del Estado (BOE) que regula las ayudas potestativas que las mutuas pueden otorgar en casos de necesidad para aquellos trabajadores que hayan sufrido un accidente así como su cónyuge, pareja o hijos.
Dentro de estas, se establece una prestación específica para los trabajadores autónomos y consiste en una ayuda económica para afrontar los gastos que supone eliminar las barreras arquitectónicas del local donde desarrolle su negocio o actividad a fin de adaptarlo a las nuevas necesidades físicas del autónomo surgidas tras el accidente de trabajo o enfermedad profesional.
ATA ha asegurado que esta ayuda fue creada hace dos años e impulsada por su organización. De hecho, esta prestación se viene concediendo desde entonces a aquellos trabajadores autónomos asociados a la Mutua Universal que se encuentran en esta situación.
No obstante, con la nueva normativa se elimina el resto de ayudas graciables que constituían el catálogo de prestaciones para trabajadores por cuenta propia y entre la que destacaba la concesión de una ayuda económica para la contratación de un trabajador durante un año, como máximo, que sustituyera al autónomo accidentado durante su recuperación.
ATA ha señalado que las ayudas a la rehabilitación y tratamiento en centros especiales del trabajador, adaptación de su vivienda o vehículo, gastos de desplazamiento suyos y de familiares, prótesis avanzadas, ayuda domiciliaria, cursos para la inserción laboral, son algunas de las prestaciones potestativas que recoge esta norma.
Asimismo, ha resaltado que estas ayudas podrán ser también solicitadas a través de las comisiones de prestaciones especiales de las mutuas de accidentes de trabajo, siempre que se justifique el estado de necesidad originado por el accidente o enfermedad profesional.
El secretario general de ATA, José Luis Perea, ha afirmado que, aunque la concesión de estas ayudas son potestad de las mutuas, ya que van más allá de sus obligaciones legales, cree que esta acción de la Seguridad Social viene a completar la protección del trabajador autónomo frente a accidentes de trabajo y enfermedades profesionales situándolo al mismo nivel de protección que el asalariado.
«Desde ATA celebramos que nuestras iniciativas poco a poco se vayan adaptando y ampliando a todo el colectivo. Llevamos 25 años al servicio de los autónomos con un objetivo claro: hacerles la vida más fácil», ha añadido.