Juzgado de Madrid sentencia en contra de Deliveroo por caso de repartidores

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El Juzgado de Madrid que lleva el caso indicó que los repartidores de Deliveroo eran «falsos autónomos», dando la razón a Seguridad Social

Los más de 500 repartidores que trabajaban para la compañía Deliveroo en Madrid entre octubre de 2015 -cuando comenzó a operar en España- y junio de 2017 lo hacían como «falsos autónomos», según el juez encargado del caso, que ha dado así la razón a la Inspección de Trabajo y la Seguridad Social.

La sentencia del juzgado de lo Social número 19 de Madrid, publicada este martes y correspondiente al juicio celebrado el pasado 31 de mayo, considera probado que los repartidores «estaban sujetos a una relación laboral» con la empresa, que por el contrario defiende que son «colaboradores» y los considera autónomos.

El fallo estima la demanda contra Deliveroo presentada por la Tesorería de la Seguridad Social -tras la apertura de un expediente por parte de Inspección de Trabajo-, tal y como ya hizo a finales de junio otro juzgado de Valencia, que también dictaminó que los llamados «riders» son empleados y no autónomos.

Deliveroo anuncia que apelará el fallo

Deliveroo cree que la sentencia no refleja la forma en que los riders colaboran con la compañía y por tanto ha anunciado que apelarán el fallo.

Según ha explicado la propia compañía, Deliveroo colabora con riders autónomos, ya que esta modalidad les permite tener la flexibilidad y el control que desean.

Como autónomos, los riders pueden elegir si quieren trabajar o no, así como cuándo, cuánto y con qué compañía hacerlo.

 Deliveroo ha abogado continuamente por una reforma legal que permita a las empresas ofrecer a los riders autónomos más seguridad, sin poner en peligro la flexibilidad, que es lo que lo propios riders nos han manifestado que desean.

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