Tatuajes y oposiciones: ¿Cuáles están permitidos y en dónde?

Policía con tatuajes
Aunque no hay una censura absoluta, sí existen límites infranqueables.

Las dudas sobre los impedimentos que pueda generar un tatuaje en una oposición son comunes entre los aspirantes a las Ofertas Públicas de Empleo.

Los tatuajes son una gran preocupación para los opositores, en especial para quienes se presentan para ingresar al Cuerpo Nacional de Policía o de la Guardia Civil. Sin embargo, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado cuentan con una normativa muy clara en la que se precisa que, a pesar de que no hay una censura absoluta, sí existen límites infranqueables.

Policía con tatuajes
Aunque en la GC están prohibidos, una vez dentro del cuerpo es posible tener uno, previa aprobación del superior.

En otras palabras se puede ser bombero, policía y guardia civil solamente cuando los tatuajes no sean visibles en algunas partes del cuerpo, según la normativa específica en cada uno de los Cuerpos de Seguridad del Estado.

En el caso del Cuerpo Nacional de Policía, por ejemplo, la prohibición de tatuajes está relacionada con cuestiones ideológicas y no, estéticas. Es decir, no quedarás eliminado si tu tatuaje es inofensivo pero si va contra los valores del Cuerpo será un motivo más que suficiente para impedir el ingreso. En este sentido, serán totalmente contrarios a la oposición aquellos tatuajes que apruebe o aliente ideas contrarias a la Constitución Española o a los valores del Cuerpo de Policía (de contenido sexistas, racistas o despectivos con alguna etnia, religión o grupo minoritario determinado).

Los aspirantes deben estar preparados para responder a las preguntas del significado y las razones por las que se tomó la decisión de tatuarse ese determinado diseño.  

Guardia Civil

En el caso de la Guardia Civil, las condiciones son más extremas: no podrás opositar para ella si tienes algún tatuaje visible. Así que, si el diseño lo llevas en la cara o los brazos, a simple vista. Cabe mencionar que la marca que deja en la piel un viejo tatuaje también puede ser motivo de exclusión si es que el diseño ha estado luciéndose en alguna de las zonas visibles del cuerpo, teniendo el uniforme puesto.

Los tatuajes, en este caso son motivo suficiente para que la candidatura ni siquiera sea tenida en cuenta. De hecho, es una de las razones por las que muchos candidatos quedan fuera de concurso en el proceso de selección. Si estás pensando en hacerte un tatuaje, por tanto, te recomendamos que esperes a entrar en el Cuerpo para considerar hacértelo, una vez hayas superado las pruebas y puedas consultar directamente con tu superior para saber si podrían dejarte sin trabajo por hacértelo.

Si se está pensando en opositar para alguna otra plaza funcionarial, lo normal es que no se tenga problemas con tus tatuajes. Lógicamente el tatuaje va en contra de las normas constitucionales, probablemente pongan alguna pega y exijan una explicación al opositivo. En los puestos de cara al público no se permiten tatuajes en las zonas de la cara o los brazos y se prefiere la ausencia de tatuajes.

No obstante, no hay muchas reglas al respecto y, de hecho, no existe una normativa tan específica como en el caso de las fuerzas del orden. Así que, lo más probable es que tu tatuaje no represente un problema.

Este es el temario completo de la oposición a Policía Nacional 2020