Listado de aprobados en la OPE de Juristas y Psicólogos en prisiones

Interior publica el listado de aprobados para acceder al Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias, especialidad de Juristas y Psicólogos.
Interior publica el listado de aprobados para acceder al Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias, especialidad de Juristas y Psicólogos.

El Ministerio del Interior ha revelado la relación de aprobados en las fases de oposición y concurso de las pruebas selectivas.

El Ministerio del Interior publica la relación de aprobados en las fases de oposición y concurso de las pruebas selectivas para acceder al Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias, especialidad de Juristas y Psicólogos. Un listado que está disponible en los Centros Penitenciarios, así como en la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias del Ministerio del Interior.

“Debido a la proximidad de la fecha para la realización del curso formativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se reduce a la mitad, el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, en el que los aspirantes aprobados deberán presentar en la Subdirección General de Recursos Humanos de Instituciones Penitenciarias, la documentación restante”, apunta el BOE.

En concreto, los aspirantes tendrán que presentar: fotocopia compulsada del título exigido en la base 4 de la convocatoria; y el ejercicio del derecho de opción previsto en el artículo 2.º 1 del Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero, por el que se fijan las retribuciones de los funcionarios en práctica.

“Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos reseñados en el apartado anterior, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial”.