La prueba selectiva ha sido fuertemente cuestionada tanto por los aspirantes como por los tribunales por su falta de “rigurosidad”.
La Justicia volvió a fallar a favor de un aspirante excluido de las oposiciones de Policía Local tras ser declarado no apto en la prueba psicológica.
En concreto, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha acordado desestimar el recurso de apelación que presentó la Ciudad Autónoma de Melilla contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Melilla, emitida hace poco más de un año.
En la misma se daba la razón a un aspirante de las oposiciones a la Policía Local que había sido declarado no apto en la prueba de entrevista psicológica y fue descalificado de dicha convocatoria.
Tras conocerse la decisión, el abogado del aspirante afirmó que la entrevista psicológica se ha convertido “en un instrumento para eliminar a los opositores con mayores méritos y poder colocar, en su lugar, a los amiguetes”. No se encuentra sólo en su preocupación por la rigurosidad y transparencia de esta prueba selectiva.
Por ejemplo, el Tribunal Superior de Madrid criticó el año pasado que no haya «criterios cualitativos» objetivos en las entrevistas de acceso a Policía y Guardia Civil. En este sentido, han destacado la importancia de que sean «rigurosas».
Aunque la sala da por buena la entrevista personal como elemento evaluador de las aptitudes psicológicas, lo cierto es que se trata de una prueba muy discutida por su fuerte carga desubjetividad y muy recurrida ante los tribunales. Por las mismas fechas de la resolución del Tribunal Superior de Madrid, de hecho, se produjo una anulación en masa de resoluciones que declaraban no aptos a guardias civiles por las entrevistas psicológicas.
No hay que olvidar que el Juzgado número 1 de Segovia declaró la nulidad de la prueba psicotécnica realizada a uno de los aspirantes a policía local considerar que existe un “error técnico”, al no haberse utilizado un método científico que permita conocer los factores de la personalidad.
En este sentido, la realización de una nueva prueba de personalidad, basada en un método “válido” y “homologado” por la comunidad científica, tal y como refleja la sentencia proporcionada por Antonio Suárez-Valdés, abogado del candidato que había sido excluido.
En este sentido, la sentencia pone en duda la “fiabilidad” del procedimiento empleado para la selección del personal al considerar que “no es racionalmente admisible que una persona sea apta desde el punto de vista psicológico para ser policía local en Palencia o Medina del Campo y no lo sea para la ciudad de Segovia”.