El Poder Judicial convoca una oposición para Magistrados

El Poder Judicial exige a los aspirantes tener un mínimo de 10 años de experiencia profesional para optar a magistrado.
El Poder Judicial exige a los aspirantes tener un mínimo de 10 años de experiencia profesional para optar a magistrado.

El proceso selectivo, para juristas que tengan más de 10 años de ejercicio, será tanto para el ámbito contencioso-administrativo como para la jurisdicción social.  

Las plazas de magistrado serán para el orden jurisdiccional contencioso y para el administrativo.
Las plazas de magistrado serán para el orden jurisdiccional contencioso y para el administrativo.

El Consejo General del Poder Judicial ha convocado una oposición para la provisión de plazas entre juristas de reconocida competencia con más de 10 años de ejercicio profesional para el acceso a la Carrera Judicial por la categoría de Magistrado. Un proceso de selección que está abierta tanto para los órganos del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, así como para aquellos de la jurisdicción social.  

Los aspirantes tendrán que cumplir una serie de requisitos, entre los que se encuentran: el ser mayor de edad (sin llegar a la edad de jubilación), tener nacionalidad española, estar en posesión de la licenciatura o el grado en Derecho, así como no haber incurrido en ninguna de las causas de incapacidad que establece el artículo 303 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Además, será preciso contar con más de diez años de profesión jurídica y especializada en cada uno de los ámbitos donde se ofertan las plazas.

El proceso selectivo contará con una valoración de los méritos de los aspirantes. Las personas aspirantes que superen la fase de valoración de méritos serán convocadas para efectuar un dictamen que permita al Tribunal evaluar su aptitud y deducir el grado de capacitación profesional necesario para el ejercicio de funciones jurisdiccionales en órganos adecuados a la naturaleza de esta convocatoria, de conformidad con lo establecido en el punto 3 del artículo 313 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

El dictamen, que será escrito, versará sobre aspectos sustantivos y procesales de las materias de la convocatoria y podrá contener uno o varios supuestos, inspirados sustancialmente en casos reales tomados de la jurisprudencia. El tiempo del que dispondrán las personas aspirantes será, como máximo, de cinco horas, pudiendo señalar el Tribunal una duración inferior en atención a su grado de dificultad.

Realizado el dictamen, el tribunal calificador convocará a las personas aspirantes para que procedan a su lectura, que tendrá lugar en audiencia pública que será registrada en soporte audiovisual. En este sentido, finalizadas las lecturas de los dictámenes, el Tribunal calificador hará pública la relación de personas candidatas que hayan superado esta fase, y las convocará a la realización de una entrevista personal.

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