El Ministerio de Hacienda da un plazo de 20 días hábiles a los aspirantes para presentar la documentación necesaria
El Ministerio de Hacienda ha publicado la relación de aprobados en la fase de oposición del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado, a través del Boletín Oficial del Estado (BOE).
Los aspirantes seleccionados tendrán un plazo de 20 días hábiles para presentar la documentación necesaria en los registros de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Entre los que destaca: Autorización a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Fotocopia auténtica del título exigido en la convocatoria, Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública.
Por su parte, “los aspirantes que invoquen su condición de personal laboral o funcionario, deberán formular opción por la remuneración que deseen percibir durante su condición de funcionarios en prácticas ante las unidades de personal del órgano del que dependa su puesto de trabajo y, en su caso, adjuntar copia a la documentación exigida en esta resolución”, indica el BOE.
En lo expuesto también destaca que los aspirantes que hayan accedido por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán acreditar tal condición mediante certificación de los órganos competentes de la Comunidad Autónoma correspondiente, o en su caso del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.
En el caso de los aspirantes que superaron el proceso selectivo por promoción interna, deberán presentar el Certificación del Registro Central de Personal o Unidad de Recursos Humanos del Ministerio u Organismo del que dependieren para acreditar la condición de funcionario de Cuerpo o Escala del Subgrupo A2 a la que pertenezcan y la antigüedad.
“Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor, no presenten la documentación acreditativa de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados funcionarios en prácticas y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud inicial”, agrega el BOE.