El Sello Aragón Circular, es una iniciativa para reconocer de manera institucional el compromiso público con la economía circular tanto de empresas como de las administraciones públicas locales, promovido por el Gobierno de Aragón, particularmente por su Departamento de Economía, Planificación y Empleo.
La información oficial sobre el Sello Aragón Circular nos presenta esta iniciativa como «un distintivo de reconocimiento público de empresas, administraciones locales y entidades en general de su compromiso con el modelo de economía circular, del desempeño de buenas prácticas y de actuaciones de mejora de su circularidad, en el marco de una gestión excelente, innovadora y sostenible, que cumplan los requisitos establecidos, además del cumplimiento estricto de las obligaciones legales vigentes.”
La información oficial sobre el Sello permite revisar la publicación en el Boletín Oficial de Aragón del 3 de febrero 2022, la Orden EPE/18/2022, de 21 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras del «Sello Aragón Circular» y se procede a su convocatoria para el año 2022 , de ese texto quiero destacar los siguientes aspectos:
I- Destaca que la Estrategia Aragón Circular, presentada en el 2020, representa el compromiso del gobierno con el modelo de economía circular, y nos recuerda que el mismo responde directamente al Estatuto de Autonomía de Aragón, reformado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, que en su artículo 71.32 expresamente señala reconoce que le corresponde a la Comunidad Autónoma, como competencia exclusiva, el fomento de su desarrollo económico.
II- El artículo 3 de la orden, define que podrán optar por el Sello Aragón Circular, todas aquellas empresas grandes, pymes, personas trabajadoras autónomas y cualquier otra entidad que ejerza una actividad económica, y también las administraciones locales, es decir las entidades locales.
III- Según el artículo señalado, es condición básica para solicitar el Sello Aragón Circular quienes ejerzan su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón y dispongan de un centro de trabajo abierto y en funcionamiento en el momento de la solicitud; así mismo, la Orden permite que que propongan otras menciones orientadas a distinguir iniciativas que destaquen por su excelencia y su contribución a lograr en Aragón la transición hacia el modelo de economía circular.
IV- Sobre los criterios para valorar las solicitudes que provengan de las Empresas y demás entidades que realicen actividad económica, que han sido previamente señaladas, hay 14 criterios que deben ser considerados a tal fin y en consecuencia he seleccionado 5 de ellos y a continuación los cito:
- Incorporación de criterios de ecodiseño que contribuyan a la circularidad de los procesos productivos o que permitan incrementar el ciclo de vida de los productos (durabilidad, reparación, reciclado, eficiencia, etc.)
- Consumo y tratamiento del agua (reducción de su empleo, tratamiento, procesos de recirculación, etc.)
- Gestión de residuos y subproductos generados en el proceso productivo (subproductos y/o residuos que se reintroducen en proceso, sustitución materias primas originarias por secundarias, tasas de reciclado, valorización en la cadena de valor,…).
- Disponer de análisis de ciclo de vida de producto, proceso o actividad, certificaciones de producto u organización relativas a circularidad, indicadores de circularidad.
- Personal de la entidad destinados a la implantación y desarrollo de la economía circular. Porcentaje de inversión en economía circular respecto de la facturación anual.
Estos 5 criterios permite tener una idea sobre las exigencias que se le hace a las empresas, pymes, autónomos y otros con actividad económica, a los fines de reconocer su aporte a la transición hacia la economía circular.
V- En relación a los criterios para valorar las solicitudes que realicen las entidades locales para lograr el Sello Aragón Circular, la ORDEN EPE/18/2022, de 21 de enero, ya identificada, exige expresamente valorar:
- Las buenas prácticas que desarrollen las respectivas entidades locales,
- El impacto de las mismas en la comunidad.
- El grado de innovación y singularidad de su contribución a la transición hacia la economía circular con respecto a su contexto socioeconómico.
- Su contribución a lograr en Aragón una economía sostenible, descarbonizada, eficiente en el uso de los recursos y competitiva
Y a los fines de valorar las llamadas «buenas prácticas, la Orden a la que se hace referencia en este texto, exige 4 criterios para valorarlas, a saber:
- Su impacto en la reducción de la fracción resto/habitante, en el incremento del número de fracciones de recogida selectiva, en la disminución del consumo de materiales, del consumo de agua y en la eficiencia energética.
- La implicación de la sociedad en su implementación (habitantes, asociaciones, empresas, etcétera…).
- El grado de innovación y singularidad de su contribución a la transición hacia la economía circular con respecto a su contexto socioeconómico.
- Su replicabilidad por otras entidades locales.
Me parece importante el elemento de inclusión y de replicabilidad que es exigido en esta categoría, porque supone un valor cualitativo significativo.
Pero la Orden, abre una oportunidad para que otras experiencias puedan ser valoradas como «buenas prácticas» a tal fin identifica 7 criterios que he agrupado en 3 áreas:
Innovación:
- Sistemas de gestión innovadores (gestión de la información, de sistema de recogida, de separación de fracciones, logística de rutas, gestión interna…).
- Introducción de innovación en las infraestructuras locales que favorezca la economía circular (contenedores inteligentes, mobiliario urbano con materiales procedentes del reciclado, rehabilitación de edificios públicos, etcétera).
Institucionalidad:
- Actividades de concienciación a la población en general o colectivos determinados en particular.
- Aplicación en la contratación pública y compra pública de criterios relacionados con la economía circular.
- Normativa que incentive la recogida selectiva u otros aspectos de la economía circular.
Formación y de sensibilización:
- Actividades de formación sobre economía circular dirigida a colectivos locales.
- Programas de incentivos a las actividades económicas locales dirigidos al fomento de la economía circular y/o promoción y apoyo a nuevos modelos de negocio relacionados con la economía circular (campañas divulgativas, incubadoras de emprendedores, economía social, plataformas colaborativas, mercados locales, espacios de coworking, etc.).
VI- La Orden señala expresamente que el Sello Aragón Circular, tendrá una vigencia de 2 años con posibilidad de renovarse, y que el mismo tendrá carácter honorífico, con posibilidad de una dotación económica, según disponibilidad presupuestaria y conveniencia.
VII- La regulación del Sello Aragón Circular, reconoce la posibilidad que el Sello puede ser valorado como criterio de adjudicación en licitaciones de contratos, por supuesto, en la forma que se determine en cada caso en particular y según el objeto del propio contrato, o bien, en convocatorias para ayudas o subvenciones.
Por último, no se puede dejar de mencionar, que como es obvio, la orden desarrolla en 28 artículos todo el procedimiento para realizar la solicitud, lograr una decisión y sobre los efectos del “Sello Aragón Circular”.
En febrero 2022 se ha activado el proceso para presentar las solicitudes para el Sello Aragón Circular, el cual permitirá registrar una suerte de «fotografía» sobre el compromiso en la región con la transición hacia la economía circular; esperaremos para evaluar su impacto y conocer la realidad que presentará eso que llamo «fotografía» del compromiso en Aragón con el modelo circular.
Carlos Romero Mendoza
@carome31
https://iberoeconomia.es/opinion/condiciones-para-impulsar-la-cultura-circular-promoviendo-el-consumo-responsable-en-castilla-la-mancha-2/