
La protección internacional es un derecho fundamental para las personas que huyen de persecución, conflictos armados y otras formas de violencia en sus países de origen. En este contexto, la reciente instrucción del Ministerio del Interior de España establece criterios y directrices para el acceso y tramitación de solicitudes de protección internacional. A primera vista, el documento busca garantizar la seguridad jurídica de los solicitantes, agilizar los trámites administrativos y mejorar la transparencia en el proceso. Sin embargo, su implementación plantea desafíos significativos que podrían comprometer su efectividad.
Fortalezas del procedimiento
Uno de los aspectos más positivos de esta instrucción es su esfuerzo por establecer un marco normativo claro. Al definir con precisión los puntos de acceso al procedimiento, los derechos de los solicitantes y los criterios de tramitación, se busca reducir la arbitrariedad y garantizar una aplicación más coherente de la ley. Además, la inclusión de las disposiciones de la Ley 12/2009, que regula el derecho de asilo y la protección subsidiaria, refuerza este objetivo al proporcionar una base legal sólida.
Otro elemento destacable es la eliminación de requisitos documentales para acceder al procedimiento. Esta medida es fundamental, ya que muchas personas que solicitan protección internacional no pueden presentar pasaportes u otros documentos de identidad debido a las circunstancias de su desplazamiento forzado. Al evitar estas exigencias, se previenen situaciones de exclusión y se facilita el acceso al asilo sin barreras burocráticas innecesarias.
El documento también reconoce la importancia de brindar un trato diferenciado a ciertos grupos vulnerables, como menores no acompañados, víctimas de trata, mujeres embarazadas, personas con discapacidad y miembros de la comunidad LGTBI. Estos colectivos enfrentan mayores dificultades para relatar su caso, presentar pruebas o comprender el proceso legal, por lo que se han establecido protocolos específicos para garantizar su protección. Entre ellos, se contempla la asistencia de un representante legal para menores, la identificación de víctimas de trata y la adaptación de entrevistas para personas con necesidades especiales. En teoría, estas medidas refuerzan el acceso a la protección internacional para quienes más lo necesitan.
Asimismo, la instrucción reafirma el principio de «no devolución», asegurando que ninguna persona solicitante pueda ser expulsada mientras su solicitud está en trámite. Este principio es un pilar fundamental del derecho internacional de los refugiados y refuerza el compromiso de España con la Convención de Ginebra.
Por último, el documento enfatiza la importancia de la transparencia en el proceso, garantizando que los solicitantes sean informados en su idioma sobre sus derechos y obligaciones. También se establece la posibilidad de solicitar asistencia jurídica y servicios de traducción, lo que facilita el acceso a un sistema que, en muchos casos, resulta complejo y difícil de comprender.
Desafíos y riesgos en la implementación
A pesar de la intención de agilizar los procedimientos, España enfrenta un problema estructural que compromete la efectividad de la protección internacional: la acumulación de expedientes sin resolver. Las solicitudes de asilo pueden tardar meses o incluso años en tramitarse, lo que genera una gran incertidumbre y dificultades para los solicitantes, quienes quedan en un limbo administrativo mientras esperan una resolución.
La capacidad operativa de las instituciones responsables es un factor clave para garantizar la aplicación efectiva de esta instrucción. Sin los recursos necesarios para contratar más personal, digitalizar los procesos y mejorar la infraestructura, la normativa corre el riesgo de quedar en letra muerta. La sobrecarga de trabajo y la falta de medios no solo ralentizan los trámites, sino que también pueden afectar la calidad de la evaluación de los casos.
Otro aspecto preocupante es la limitación del acceso al procedimiento de asilo en Ceuta y Melilla. Según la instrucción, solo podrán presentar su solicitud quienes hayan ingresado de manera irregular, lo que excluye a personas en necesidad de protección que no logran cruzar la frontera debido a los estrictos controles. Esta medida podría vulnerar el derecho a solicitar asilo, especialmente para quienes enfrentan riesgos en sus países de origen.
Además, las denominadas «devoluciones en caliente», practicadas en la frontera sur de España, han sido motivo de preocupación entre organizaciones de derechos humanos y ACNUR. Estas expulsiones sumarias podrían impedir que personas con un temor fundado de persecución accedan al procedimiento de protección internacional, lo que contravendría el principio de no devolución consagrado en el derecho internacional.
Si bien el documento reconoce el derecho a asistencia jurídica y a un intérprete, la realidad es que estos servicios no siempre están disponibles de manera efectiva. La escasez de intérpretes especializados en ciertos idiomas y dialectos puede dificultar que los solicitantes expresen su testimonio con claridad, afectando negativamente la valoración de sus casos.
Asimismo, la asistencia jurídica gratuita depende en gran medida de los turnos de oficio, los cuales suelen estar saturados y no siempre cuentan con abogados especializados en derecho de asilo. Esta falta de preparación puede impactar directamente en la calidad de la representación legal y, en consecuencia, en la posibilidad de que los solicitantes obtengan una resolución justa.
Otro punto crítico es la realización de las entrevistas de formalización. Aunque la instrucción establece que deben realizarse en condiciones de privacidad y confidencialidad, en muchos casos las comisarías y los centros de internamiento no cuentan con espacios adecuados para garantizar estas condiciones.
A esto se suma el hecho de que las entrevistas son conducidas por la policía, lo que puede generar desconfianza en ciertos solicitantes, especialmente aquellos que han sufrido persecución o violencia por parte de fuerzas de seguridad en sus países de origen. En estos casos, sería recomendable que las entrevistas fueran realizadas por personal especializado en protección internacional en lugar de agentes policiales, garantizando así un ambiente más seguro y propicio para el testimonio de los solicitantes.
Un marco mejorado, pero con retos por superar
En definitiva, la nueva instrucción sobre el procedimiento de protección internacional en España representa un avance en la estandarización y claridad de los procesos de asilo. Se reconoce la importancia de garantizar el acceso sin barreras documentales, la protección de grupos vulnerables y la transparencia en la tramitación de los expedientes.
Sin embargo, la efectividad de estas disposiciones dependerá de su implementación en la realidad. Sin suficientes recursos humanos y materiales, las demoras en los procedimientos seguirán afectando a los solicitantes. Asimismo, la política restrictiva en las fronteras de Ceuta y Melilla y las dificultades en la asistencia jurídica e interpretación pueden convertirse en obstáculos para el acceso real a la protección internacional.
Para que este marco normativo cumpla verdaderamente su función, será esencial que España refuerce su sistema de asilo con más inversión en personal, digitalización de procesos y supervisión de la aplicación de las normas. De lo contrario, corremos el riesgo de que esta instrucción quede como un documento bien intencionado, pero ineficaz en la práctica.