En el 2013 en la Guía sobre el marco jurídico para la Sostenibilidad Energética de la Diputación de Granada (1), el entonces vicepresidente del 2o del Área de Medio Ambiente, Economía, Familia y Bienestar Social, reconocía que las políticas de protección medio ambiental para entonces era uno de los “motores” de la actuación de las administraciones locales, que por su cercanía con los ciudadanos, se convertían en actores claves en la consecución de los objetivos en materia energética.
La eficiencia energética y la promoción de energías limpias, son dos de los principios rectores previstos en la Ley 2/2011, de 4 de marzo de Economía Sostenible, entendida según el texto legal como patrón de crecimiento que concilie el desarrollo económico, social y ambiental en una economía productiva y competitiva, que favorezca el empleo de calidad, la igualdad de oportunidades y cohesión social, y que garantice el respeto ambiental y el uso racional de los recursos naturales, a los fines de satisfacer las necesidades de las generaciones presentes sin comprometer las posibilidades de las generaciones futuras para atender sus propias necesidades.
La eficiencia energética, nos dice la Ley, busca reducir costes, atenuar la dependencia energética y preservar los recursos naturales; desde el 2011 la mencionada Ley ha exigido a todas las Administraciones Públicas que en el ejercicio de sus competencias, incorporen el principio de ahorro y eficiencia energética y la utilización de fuentes de energía renovables entre los principios generales de su actuación y procedimientos de contratación.
Ha pasado una década desde entonces y resulta oportuno preguntarnos: ¿Cómo han respondido las Administraciones a esa exigencia?, una primera respuesta la podemos conseguir si valoramos cómo desde nuestro Ayuntamiento se ha incorporado en ese principio en sus políticas.
La eficiencia energética, así como la descarbonización, el despliegue de energías renovables, entre otras, son estrategias que están presentes en el Plan de Recuperación, Resiliencia y Transformación de España aprobado en el 2020 y presentado a la Unión Europea (2); así mismo, en marzo de 2021, el Gobierno de España, adoptó el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 (3), a través del cual define los objetivos de reducción de emisiones, de gases de efecto invernadero, de penetración de energías renovables y de eficiencia energética.
El Plan Nacional Integrado de Energía y Clima, reconoce que para el año 2021, muchos Ayuntamientos y Comunidades Autónomas, en sus respectivos ámbitos de competencias ya han desarrollado ambiciosos planes y medidas en materia de energía y clima, destacando que para la transición energética el papel de todas las administraciones territoriales es fundamental.
En ese contexto, enfocando la mirada en los gobiernos locales y su relación con el tema energético, una reciente noticia nos habla de una convenio entre el Ayuntamiento de León e Iberdrola para impulsar acciones orientadas a mejorar la eficiencia energética del municipio, a través de una iniciativa que busca a través de la información de la red de distribución eléctrica, facilitar los insumos necesarios para adoptar medidas orientadas hacia el uso más racional de los recursos disponibles; la reducción de gases de efecto invernadero; la mejora del medio ambiente urbano; la salud de la comunidad; la movilidad eléctrica; la concienciación y sensibilización ciudadana en esta materia y la eficiencia energética. (4)
Además de los convenios con empresas, la búsqueda por una eficiencia energética se registra también, entre las medidas que en el año 2020 algunos Ayuntamientos adoptaron entre las estrategias definidas para la recuperación económica y social post covid-19, tal fue el caso, por ejemplo, del Ayuntamiento de Madrid, a través de su hoja de ruta llamada Acuerdos de la Villa y del Ayuntamiento de Zaragoza, a través de Acuerdos por el Futuro de Zaragoza.
Si nos enfocamos en estos dos municipios, sin que ello signifique desconocer que hay muchos otros ejemplos, debo señalar que en ambos es posible identificar normas orientadas hacia la eficiencia energética, principalmente en materia urbanística, tal es el caso concreto del Ayuntamiento de Madrid con la Ordenanza 4/2021, de 30 de marzo, de Calidad del Aire y Sostenibilidad, que registra su Título VI las medidas de eficiencia energética y uso de energías renovables; y en el caso de Zaragoza, específicamente en el artículo 10 de la Ordenanza de Ecoeficiencia Energética y utilización de Energías Renovables en los edificios y sus instalaciones, aprobada el 24 de agosto de 2009, nos presenta las medidas orientadas hacia la eficiencia energética.
Oportuno señalar, que en la actualidad, en ambos Ayuntamientos se han adoptado medidas para el ahorro y eficiencia energética como consecuencia de la situación energética que se ha provocado en Europa como consecuencia de la Guerra en Ucrania.
En la búsqueda de otros ejemplos, me encuentro con una publicación titulada Guía de Ordenanzas Municipales para la Mejora Energética y Ambiental, que en su edición del año 2022 nos permite identificar ordenanzas en materia de mejora energética y ambiental (5), entre las cuales menciono las siguientes:
a) Ordenanzas sobre el impuesto para los bienes inmuebles en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol, nos refiere a las ordenanzas en Quart de Poblet; Córdoba; Candelaria; Güimar y Santa Cruz de Tenerife
b) Ordenanzas orientadas hacia una bonificación de hasta el 50 por ciento de la cuota correspondiente para los sujetos pasivos que tributen por cuota municipal y que utilicen o produzcan energía a partir de instalaciones para el aprovechamiento de energías renovables o sistemas de cogeneración”, fundamentada en Ley de Haciendas Locales en el Artículo 88.2 c) y nos refiere a: Quart de Poblet; Andújar; Córdoba; Pedreguer (en catalán); Rubí (en catalán).
c) En materia del autoconsumo voltaico, la guía nos refiere a un grupo de ordenanzas reguladoras sobre instalaciones solares fotovoltaicas.
• Ordenanza de instalaciones solares fotovoltaicas de Paiporta
• Ordenanzas para la promoción de las Instalaciones Fotovoltaicas de la Diputación de Valencia
d) Sobre la eficiencia energética en la edificación, nos refiere a:
• Ordenanza de Zaragoza
• Ordenanza de Donostia-San Sebastián
La mencionada Guía reconoce que los ayuntamientos son “fundamentales en las consecución de una sociedad sostenible” y afirma que “muchas de las acciones cotidianas que producen más impacto en el medio ambiente se realizan en el ámbito competencial de las administraciones locales, desde el uso energético en los edificios hasta la originación de residuos, pasando por el movimiento y transporte de personas y materiales.” (6)
Ordenanzas, convenios para impulsar la eficiencia energética y planes locales orientados a ese fin, son insuficientes si no logran conectar con la ciudadanía, lo que supone, que los vecinos comprendan, valoren y compartan los criterios que impulsan esas iniciativas, porque solo así las mismas podrán tener más oportunidad de hacerse sostenible.
Si bien son muchas las iniciativas locales que buscan la eficiencia energética, podríamos identificarlas y hacer una lista, pero más allá de ello, es importante valorar la estrategia local de divulgación e información de las mismas, y el impacto que tiene en la ciudadanía en cuanto a una mayor sensibilización y concienciación sobre los desafíos energéticos que debemos enfrentar.
Carlos Romero Mendoza
@carome31