¿Qué debo hacer si quedé excluido del listado provisional del MIR?

Especial MIR de IberoEconomía.
Sanidad otorga 10 días para que los aspirantes excluidos entreguen la documentación faltante.
Sanidad otorga 10 días para que los aspirantes excluidos entreguen la documentación faltante.

El Ministerio de Sanidad ha otorgado 10 días para que los aspirantes provisionalmente excluidos puedan ajustar su documentación y participar en la prueba de acceso al MIR.

Hasta el momento, Sanidad ha admitido a 16.259 candidatos para optar a las 6.797 plazas ofertadas.
Hasta el momento, Sanidad ha admitido a 16.259 candidatos para optar a las 6.797 plazas ofertadas.

El examen de acceso al MIR ya tiene listado provisional. El Ministerio de Sanidad ha desvelado el número de aspirantes admitidos y excluidos momentáneamente de cara a la prueba de acceso a la formación sanitaria especializada.

En total, para la actual convocatoria se han admitido a 16.259 candidatos para optar a las 6.797 plazas ofertadas. No obstante, la cifra podrá aumentar durante los 10 días ofrecidos para el proceso de reclamación y subsanación, ya que aún quedan 2.025 candidatos que podrán incorporarse al listado definitivo.

Desde el Ministerio de Sanidad insisten en que una de las causas más comunes para estar excluido del listado provisional es la falta de la firma del aspirante en el Modelo 790. A lo que suman la no presentación de la documentación personal (DNI, pasaporte o NIE) en el proceso establecido, a lo que se atribuyen cuatro posibles causas: la ausencia del documento en los casos en que debe ser enviado; no estar cumplimentado el número de identificación en la casilla correspondiente del Modelo 790; con el número cumplimentado en el Modelo 790, no se ha podido validar la identidad del aspirante; el documento de identidad aportado está caducado.

La Administración Pública recalca que ante la “falta de acreditación del Título de Graduado, Licenciado o Diplomado”, el aspirante tendrá que aportar fotocopia compulsada del título de Graduado, Diplomado o Licenciado, según corresponda, (o de la homologación, reconocimiento o equivalencia si se trata de títulos de universidades extranjeras).

Asimismo, entre los requisitos que podrán ser subsanados en el plazo de 10 días están: declaración jurada de aspirantes extranjeros de países no comunitarios en los casos que procede; documentación que acredita el derecho a la exención o bonificación del abono de tasas; copia auténtica del título de licenciatura, diplomatura o grado, o del recibo de abono de las tasas para la expedición del mismo, o la resolución de reconocimiento, homologación o certificación de equivalencia.

Otros documentos

El Ministerio de Sanidad también valora la opción de “titulación no apta para extranjero no comunitario”, donde será necesario mostrar el documento acreditativo de ser ciudadano de la Unión Europea, o de tener régimen comunitario, o de tener autorización de residencia permanente o temporal en España para poder participar en todas las titulaciones. “En el caso de no residentes o con autorización de estancia por estudios, solamente pueden participar en las pruebas selectivas para Médicos, Farmacéuticos o Enfermería”, precisan.

También es el último plazo para presentar el documento de renuncia previa, para aquellos aspirantes que se encuentren realizando un periodo de formación especializada en plaza de residente obtenida en anteriores convocatorias. En el documento de renuncia deberá figurar la aceptación del centro, en la que se especifique la fecha de extinción del contrato en formación, que no podrá ser posterior a la fecha en la que finalizó el plazo de presentación de solicitudes (28/09/17).

Si la causa de rechazo ha sido el abono de derechos, el aspirante podrá enviar el documento, modelo 790, que pruebe que abonó los derechos de examen. En el caso de que el importe destinado fuera incompleto, podrá subsanarlo abonando la diferencia entre lo realmente ingresado.

En caso de tener dudas sobre los motivos de la no admisión a la prueba de acceso a la formación sanitaria especializada, el Ministerio de Sanidad recomienda consultar telefónicamente a la Subdirección General de Ordenación Profesional. Asimismo, aconseja el uso del “correo certificado urgente para el envío de las reclamaciones”.