A pesar de que las normativas variarán según la comunidad autónoma donde se implemente, hay algunos aspectos clave para toda España.
Emprender dentro del sector sanitario. Los profesionales optan por la creación de su propia consulta como una de las salidas laborales. Si bien la dificultad del trámite variará según las normativas y las condiciones exigidas por cada una de las comunidades autónomas, la Ley 16/2003 de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud establecen unos mínimos a cumplir en toda España. En resumen, se tratan de 10 puntos fundamentales a cumplir, siendo el más evidente y el primero de la lista el contar con un título de grado o de especialista que demuestren la adquisición de competencias como profesional sanitario.
El siguiente paso para la creación de una consulta es estar colegiado en la provincia donde se realizará la actividad. Es importante que el proceso sea totalmente transparente, por lo que el profesional tendrá que anunciar ante el Colegio si la actividad privada será compaginada con la pública. En caso de ser así, la segunda tendrá prioridad en número de horas trabajadas a la semana sobre la primera. Una vez colegiado, el emprendedor sanitario se dará de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o, si se compaginarán labores con el ámbito privado, en la Mutua Médica.
Los siguientes trámites son ante el Ministerio de Hacienda, donde hay que presentar el modelo 037 y anunciar la apertura de la consulta. Al mismo tiempo, se podrá gestionar la autorización explícita del Ayuntamiento para la instalación y funcionamiento de la consulta, siendo fundamental dar un paso más y cerrar un acuerdo con una de las entidades gestoras de residuos tóxicos y peligrosos, con el objetivo de garantizar la seguridad del personal, pacientes y la sociedad en general. Sin olvidar la contratación de dos tipos de seguros: el de Responsabilidad Civil y uno propio.
Con toda esta documentación al día, solo quedarían los últimos dos pasos. El primero, para proteger el derecho de intimidad del paciente, darse de alta en la agencia de protección de datos y, finalmente, contar con la autorización emitida por el Ministerio de Sanidad una vez presentada la solicitud y superada la inspección realizada por los representantes de la Administración Pública. No se puede dejar pasar otras posibles peticiones del proceso de apertura de una consulta privada.
Por ejemplo, a lo largo del proceso es común que se reclame información adicional sobre los planos a escala del establecimiento, certificado de las instalaciones de técnico competente, declaración responsable del técnico/director médico del centro y otros documentos que permitan garantizar que la nueva consulta cumple con los requisitos imprescindibles para ofrecer una atención sanitaria que no ponga en peligro la seguridad de los pacientes o de la sociedad.