¿Tengo que presentar la declaración del IRPF si cobro el paro?

 La prestación por desempleo o paro es una ayuda de la Seguridad Social destinada a aquellos trabajadores por cuenta ajena que hayan perdido su puesto de trabajo. Para percibirlo es necesario haber trabajado al menos 360 días (casi un año) dentro de los 6 años desde la última vez que ese usuario se encontró en una situación de desempleo. En el caso de que nunca haya estado en paro se tendrán que haber trabajado 360 días antes de haber perdido el puesto de trabajo.

Asimismo, la duración de esta prestación dependerá de los días que se hayan cotizado dentro de los 6 últimos años. Dicha duración oscila entre los 120 (4 meses) y los 720 días (2 años).

Por su parte, la cuantía dependerá de las bases de cotización a la Seguridad Social por contingencias profesionales durante los últimos 180 días en los que se haya estado trabajando. De ahí se obtiene la base reguladora, que es la media de la cotización mencionada. De la cifra obtenida a partir de esa media Seguridad Social proporcionará al desempleado el 70% durante los primeros 180 días y el 60% a partir del día 181 hasta que finalice la prestación.

Sabiendo esto llega la pregunta importante… ¿Cómo afecta el paro a la declaración de la renta? La prestación por desempleo tributa IRPF, por lo tanto, entraría dentro de los rendimientos por trabajo como podría ser el salario que se percibe por desempeñar un empleo.

No obstante, por cobrar el paro no tenemos por qué estar obligados a presentar la declaración de la renta. Hay que recordar que las personas que sí o sí tendrán que realizar este trámite son aquellas con rendimientos por trabajo superiores a los 22.000 euros anuales con un solo pagador y de 15.000 euros anuales con más de uno.

Por lo tanto, tan solo si el usuario cumple con una de estas condiciones deberá realizar la declaración de la renta de forma obligatoria; independientemente de que esté cobrando o no una prestación por desempleo.

Ojo con el número de pagadores

Hacienda

Hay que tener en cuenta que si durante un año un contribuyente estuvo trabajando, pero se quedó en paro y solicitó la prestación por desempleo para la Agencia Tributaria contará como que durante ese periodo fiscal esa persona tuvo dos pagadores. Es por ello que si sumando los rendimientos de ambos (trabajo y paro) se llega a los 15.000 euros anuales esa persona estará obligada a hacer la declaración de la renta 2022.

“Hay que tener muy claro cuántos pagadores hemos tenido a lo largo del año 2022 para hacer la declaración de la renta, porque si estamos obligados a hacerla y no la presentamos tendremos una sanción, tanto si el resultado de la renta sale a pagar como a devolver”, asegura Antonio Gallardo, experto de Banqmi.

Una forma de ver los pagadores que ha tenido un contribuyente es accediendo a sus datos fiscales. Se puede realizar esta consulta a través de la página web de la Agencia Tributaria con Cl@ve PIN, DNI electrónico, certificado digital o con el número de referencia de la última declaración de la renta.

Una vez dentro el usuario podrá ver su domicilio fiscal y los rendimientos de trabajo. En este último apartado figurará el número de pagadores y las retenciones aplicadas en cada uno de ellos.