Te contamos quiénes deben presentar la declaración sobre la renta

Declaración de la Renta

El  próximo 3 de abril se inicia la temporada de presentación de la declaración de la renta pero este año afecta a las rentas bajas que tengan más de un pagador. Si antes se nos exigía declarar si ganábamos más de 14.000 euros brutos al año, ahora el límite está en 15.000 euros. Además, desde 2024 es necesario que todos los autónomos hagan también la declaración de la renta, independientemente de su nivel de ingresos.

Los empleados que solo tengan un patrono están obligados a hacer la declaración de la renta si ganamos más de 22.000 euros brutos al año. Los casos en que se tenga varios patronos el criterio cambia, aunque con algunas excepciones.

El límite está en 15.000 euros en los casos cuyo ingresos por trabajo vienen de más de un pagador. Excepcionalmente esta regla cambia si la mayoría de las ganancias provienen de un solo pagador, y el resto, más pequeñas, no suman más de 1.500 euros, el límite que se nos aplica es igualmente 22.000, es decir, como si solo existiera un pagador.

El límite también es de 15.000 euros cuando el pagador no está obligado a retener el IRPF (porque está en el extranjero, por ejemplo) o cuando se perciben pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.

Los cambios para la declaración de los autónomo

Todos los que estén dados de alta deberán presentar la declaración de la renta, sin importar el nivel de ingresos obtenido, como ocurría antes. Por extensión, también están obligados los “familiares colaboradores” de estos. Y no es el único cambio para los autónomos: desde 2024, el límite de la deducción de gastos de difícil justificación aumenta hasta el 7%, lo supone dos puntos porcentuales de mejora en este beneficio fiscal respecto al año anterior.

Además de los autónomos, los trabajadores del mar en régimen especial de la Seguridad Social deben hacer también la declaración de la renta, sea cual sea la cuantía de sus ganancias.

Qué deben declarar quienes tengan otros ingresos

Todo aquel que reciba ingresos adicionales a la nómina tienen que presentar la declaración de la renta. “En ganancias por acciones, por ejemplo, tendríamos un límite de 1.000 euros para las ganancias y de 500 euros para las pérdidas”, señala la experta fiscal de TaxDown, Marta Rayaces.

En su web, la Agencia Tributaria ofrece algunos ejemplos de situaciones: Letras del Tesoro, subvenciones para la adquisición de la vivienda, rentas de alquiler, rendimientos del capital, etc., obligan a hacer la declaración de la renta desde el momento en el que el conjunto de las ganancias supera los 1.000 euros. Incluso en el caso de que tengamos ganancias con apuestas tendremos que declararlas, apuntan los expertos de Bonos de Bienvenida«.

“Normalmente, nos encontramos con que tenemos distintos tipos de renta. Si yo cobro 23.000 euros por mi trabajo y he ganado 20 euros en acciones, ya estoy obligado a declararlo porque he superado el límite de rendimientos de trabajo. Y entonces tengo que declarar absolutamente todo, también los 20 euros de ganancia”, aclara Rayaces, desde la startup tecnológica de asesoramiento fiscal.

¿Deben declarar quienes reciben el ingreso mínimo vital?

Si, existe una condición que obliga a realizar la declaración de la renta: el ingreso mínimo vital (IMV). Para poder seguir recibiéndolo es necesario presentar la declaración de la renta y hacerlo de forma conjunta. En cualquier caso, no se aplicará el IRPF al dinero que percibimos. El ingreso mínimo vital está exento.

“Siempre se tiene que presentar la declaración de todos los miembros de la unidad familiar de forma conjunta. Si no, se van a quedar sin la posibilidad de recibir el ingreso mínimo vital al año siguiente”, incide desde TaxDown Marta Rayaces.

¿Cómo puedo solicitar las deducciones o recibir la devolución?

Con o sin obligación legal, quizás podemos salir ganando si presentamos la declaración de la renta. Puede ocurrir si en nuestro trabajo nos estén reteniendo un poco más de IRPF del salario del que nos corresponde y, por lo tanto, el resultado nos saldrá a devolver. Es decir, Hacienda nos compensará lo que nos debe.

También nos interesa declarar si queremos acogernos a algunas de las deducciones estatales o autonómicas. “Nosotros tenemos estimado que las personas pierden de media 270 euros por no buscar las deducciones autonómicas a las que se tiene derecho”, apunta Paula Urcera, responsable del área fiscal de TaxDown. Así, la recomendación desde la startup es acceder al borrador e informarse de las distintas deducciones que existen, por maternidad, vivir de alquiler, comprar material escolar, donaciones, etc.

¿Qué pasa si no presento la declaración de la renta si estoy obligado?

 “Hacienda hace un cruce automático de datos, porque tiene acceso a mucha información sobre las rentas que hemos obtenido en el ejercicio. Si lo detecta, nos envía un requerimiento y, además de presentar la declaración, nos va a tocar pagar la sanción”, explica la experta fiscal de TaxDown, Marta Rayaces.

No presentar la declaración de la renta antes de que acabe el plazo el 1 de julio de 2024 conlleva un recargo del 1%, además de un 1% adicional por cada mes de retraso. Y si pasa un año, el recargo aumenta al 15%. Esto, sin contar las sanciones que pueden exigirse y los intereses de demora.

«En general, nos encontramos con que si dejamos de declarar algo que teníamos que haber declarado, nos podemos enfrentar a sanciones que llegan al 150% de lo que hayamos dejado de ingresar», es decir, de lo que debamos, continúa. «Si lo que hacemos es presentar la declaración tarde y me sale a devolver, vamos a tener una sanción de unos 200 euros».

¿Cómo puedo saber si debo presentar la declaración de la renta?

Si tenemos dudas de si llegamos a dichos límites o no, podemos acceder a los datos fiscales que ya tiene la Agencia Tributaria y comprobar nuestras rentas del año 2023. Pueden consultarse ya en su web, donde es necesario que nos identifiquemos con DNI electrónico, Cl@ve o el número de referencia. A partir del 3 de abril, también podemos entrar directamente en el borrador de la declaración.