La legislación de extranjería establece cuáles son los casos donde es innecesario contar con una autorización de empleo para acceder al mercado laboral español.
La legislación española de extranjería afirma que sólo se otorgará autorización de empleo a un ciudadano extranjero cuando la vacante no cuente con candidatos residentes en España, sean españoles o residentes legales independientemente de su nacionalidad.
La normativa obliga a que, antes de poder comenzar los trámites de la autorización de trabajo, la empresa deberá acudir hasta los Servicios Públicos de Empleo y presentar una oferta laboral y, solo cuando no detecten candidatos al puesto o estos no cuenten con el perfil profesional requerido, emitirán un Certificado de insuficiencia de candidatos por el que se podrá contratar al ciudadano extranjero.
La normativa también enumera una serie de situaciones en las que no se tendrá en cuenta la Situación Nacional de Empleo. Por ejemplo, cuando se es cónyuge o hijo de extranjero residente legal en España con una autorización de residencia renovada. Lo mismo ocurre con el hijo de español nacionalizado o de ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Espacio Económico Europeo, siempre que estos últimos lleven, como mínimo, un año residiendo legalmente en España.
Tampoco tendrán que solicitar un permiso los titulares de una autorización previa de trabajo que pretendan su renovación, ni los trabajadores necesarios para el montaje por renovación de una instalación o equipos productivos. La normativa también excluye a los que hubieran gozado de la condición de refugiados, durante el año siguiente a la cesación de la aplicación de la Convención de Ginebra de 28 de julio de 1951, sobre el Estatuto de los Refugiados.
Por sangre
La legislación española de extranjería abre las puertas a los extranjeros que tengan a su cargo ascendientes o descendientes de nacionalidad española, a los extranjeros nacidos y con residencia legal en España; y a los hijos o nietos de español de origen. A los que se suman los menores extranjeros en edad laboral con autorización de residencia que sean tutelados por la entidad de protección de menores competente, para aquellas actividades que, a criterio de la mencionada entidad, favorezcan su integración social, y una vez acreditada la imposibilidad de retorno con su familia o al país de origen.
Tampoco tendrán que preocuparse los extranjeros que obtengan la autorización de residencia por circunstancias excepcionales o los que hayan sido titulares de autorizaciones de trabajo para actividades de temporada, durante dos años naturales, y hayan retornado a su país.
Casos puntuales
La ley determina que no será necesario contar con la autorización para cubrir los puestos de confianza y directivos de empresas, así como tampoco de los profesionales altamente cualificados, incluyendo técnicos y científicos contratados por entidades públicas, universidades o centros de investigación, desarrollo e innovación dependientes de empresas.
Finalmente, se incluye a los trabajadores en plantilla de una empresa o grupo de empresas en otro país que pretendan desarrollar su actividad laboral para la misma empresa o grupo en España, cuando para el desarrollo de la actividad se requiera un conocimiento directo y fehaciente de la empresa.
Sin olvidar que los artistas de reconocido prestigio, donde se hayan suscrito convenios internacionales a tal efecto (Chile y Perú), están excluidos del requisito relativo a que la situación nacional de empleo permita la contratación del extranjero.