La multinacional tendrá que pagar un total de 30.000 euros por incumplir los requisitos de contratación con los clientes
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha multado a Endesa Energía con 30.000 euros por incumplir los requisitos de contratación con los clientes, establecidos en la Ley del Sector Eléctrico.
El expediente se inició como consecuencia del escrito de una asociación de consumidores en el que trasladaba la denuncia de un particular sobre irregularidades en su contrato con derecho al bono social.
El procedimiento se incoó inicialmente a Endesa Energía comercializadora del mercado libre, y a Endesa Energía XXI, la comercializadora de último recurso del mismo grupo, aunque finalmente el procedimiento se archivó respecto a esta última.
En consecuencia, tras la instrucción del expediente, Competencia ha resuelto que Endesa Energía incumplió las condiciones de contratación que exige la Ley del Sector Eléctrico a la hora de tramitar los contratos de sus clientes, dado que cambió de contrato al consumidor sin su consentimiento.
Por todo ello, la CNMC ha declarado a Endesa Energía responsable de la comisión de una infracción leve, de acuerdo con el artículo 66.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y le ha impuesto una multa de 30.000 euros, que la empresa ha satisfecho acogiéndose a las reducciones legalmente previstas, tras reconocer su responsabilidad en los hechos.
Recientemente, la CNMC multó a Endesa un total de 120.000 euros por dar de alta a clientes sin contar con su consentimiento. Meses antes, la compañía fue sancionada con 30.000 euros por una práctica similar.
Adicionalmente, en 2017 la Comisión multó a cuatro comercializadoras de electricidad y gas natural (Endesa Energía, S.A.U., Iberdrola Clientes, S.A.U., Gas Natural Servicios, SDG, S.A. y Viesgo Energía, S.L.) con un total de 155.000 euros por las mismas prácticas.