La pandemia provocada por el COVID-19 ha dado lugar a un panorama inédito: el 23% de las personas que han puesto a la venta una vivienda durante 2021 lo han hecho en régimen de herencia.
Es importante tener en cuenta que, hasta ahora, el artículo 28 de la Ley Hipotecaria obligaba a esperar un lapso de dos años para la venta de inmuebles que no contasen con herederos directos tras la muerte del propietario.
La derogación de dicho artículo el pasado mes de septiembre, sumada al contexto del “efecto covid”, causante de que una de cada cuatro personas que han puesto una casa a la venta en 2021 lo han hecho por haberla recibido en herencia, son según Casavo, la proptech líder en Europa que está digitalizando la compraventa de viviendas residenciales, los factores fundamentales a la hora de analizar el nuevo paradigma del mercado inmobiliario en España.
El carácter retroactivo de la derogación del artículo 28
“Es inevitable afirmar que la acelerada recuperación del mercado inmobiliario en España, que ha dado lugar a cifras de compraventa que no se alcanzaban desde el boom inmobiliario de 2008, se ha visto enormemente impulsada por el ‘efecto covid’ que, sumado a la derogación del artículo 28 de la Ley Hipotecaria, ha impulsado la venta de miles de inmuebles”, explica Francisco Sierra, Director General de Casavo en España.
Tan solo entre enero y junio de este mismo año se contabilizaron 103.116 transmisiones de la propiedad de viviendas por herencia, la cifra más alta registrada desde 2007, según indican los datos del Instituto Nacional de Estadísticas.
En este contexto, debemos poner de relieve que el carácter retroactivo de la derogación del artículo 28 de la Ley Hipotecaria ha permitido la venta de inmuebles que se encontraban en espera, consecuencia de los dos años que hasta ahora obligaba a esperar la ley en aquellos casos en los que no existieran herederos directos.
Anotaciones preventivas, otro cambio influyente en el mercado inmobiliario
En línea con la espera preventiva a la que quedaban sometidas las viviendas heredadas, encontramos las anotaciones en el Registro de la Propiedad, que indicaba que la venta del inmueble quedaba protegida en caso de la aparición de un heredero real. A este respecto, Sierra afirma que “evidentemente, cuando los compradores adquieren un inmueble buscan cierta tranquilidad, y esta cláusula implicaba que, si en el plazo de dos años aparecía un heredero directo, estos podrían quedar privados del inmueble”.
En definitiva, si bien es cierto que las viviendas heredadas suelen tener una carga emocional evidente, tras la pandemia y la supresión del artículo 28 de la Ley Hipotecaria, los usuarios tienen ahora urgencia por llevar a cabo la transacción, ante la creciente preocupación por la posibilidad de que la vivienda pueda ser ocupada ilegalmente o por la necesidad de liquidez.
Así, Casavo pone a servicio de los herederos su plataforma tecnológica, la cual hace posible recibir una valoración instantánea y una oferta de compra en 48 horas, permitiendo así la compra directa de inmuebles en menos de 7 días. Esto acaba aportando liquidez y transparencia tanto a los particulares como al mercado inmobiliario.
Una vez adquirida la vivienda, Casavo estudia todas las posibilidades para adaptarla a los usos y necesidades de hoy en día antes de volver a ponerla de vuelta en el mercado, siempre en el menor tiempo posible y a precios competitivos, lo que responde de forma extremadamente eficaz a esta nueva necesidad de los usuarios.