Mitos sobre la declaración de la Renta de cara a la campaña 2021-2022
Enfrentarse a la declaración de la Renta cada año es algo que puede llegar a generar cierta ansiedad, sobre todo si tu declaración es complicada o si has recibido importantes ingresos extra en el ejercicio correspondiente. La mejor forma de evitar esta tensión es analizar tu situación con margen suficiente como para poder tomar decisiones o ahorrar para hacer frente a tu factura con Hacienda.
Si eres consciente de que, por ejemplo, se te han practicado retenciones por debajo de lo que marca la normativa, con toda seguridad deberás abonar cierto dinero a Hacienda: invertir en determinados productos, como planes de pensiones, antes de que finalice el ejercicio fiscal, puede ayudarte a reducir esta factura. Ante la duda, consulta a un asesor fiscal antes del cierre del año.
Además, para ayudarte a evitar sustos desagradables, nada mejor que comprender cómo funciona este impuesto y descartar los mitos más frecuentes sobre el IRPF:
- Es mejor evitar presentar la declaración de la Renta. Es cierto que no estar obligado a presentar tu declaración de la Renta sin duda te ahorrará el coste de contratar a un asesor o el tiempo que debas dedicarle a este trámite, pero tener que declarar tu renta no es sinónimo de tener que desembolsar dinero a Hacienda. Es más, puede que, en tu caso, tu declaración salga a devolver, especialmente si tus ingresos son bajos o si tienes derecho a ayudas, deducciones, bonificaciones… Si no estás obligado por ley, conviene realizar una simulación y comprobar si la declaración puede favorecerte. Si no es así y no estás obligado a presentarla, simplemente, no lo hagas.
- Si ‘subes’ de tramo’, tendrás que pagar mucho más. Existe el falso mito de que traspasar la barrera económica de un nuevo tramo implicará pagar un porcentaje mayor por la totalidad de nuestros ingresos anuales. Esto es absolutamente falso: cada tramo tiene asignado un porcentaje concreto, de forma que la cantidad que exceda de ese tramo será la que tribute por el porcentaje siguiente. Lógicamente, la progresividad del impuesto implica que las rentas más altas paguen más proporcionalmente que las más bajas, pero esta progresividad se aplica tramo a tramo, y no a la totalidad de tus ingresos.
- Si tienes dos pagadores o más, tendrás que pagar más a Hacienda. Esta afirmación también es falsa. En realidad, el problema de tener más de un pagador es que cada uno de ellos realizará una retención en concepto de IRPF correspondiente a la suma que cada uno de ellos te haya pagando dentro del mismo ejercicio. Por ejemplo, si recibes 5.000 euros de una empresa, 10.000 de otra y 20.000 de otra, cada una de ellas te retendrá (salvo que negocies lo contrario) una cuantía correspondiente a esas cantidades, y no a la suma de todas (35.000 euros). El problema es que, al sumar todos tus ingresos, es probable que parte de ellos deban tributar por un porcentaje mayor y que, por tanto, tu declaración de la Renta te salga a pagar. La mejor forma de evitarlo es previendo esta circunstancia y solicitando a las empresas con las que trabajes que aumenten el porcentaje de retención que te aplican cada mes.
- El borrador de Hacienda siempre es correcto. Esta afirmación también es falsa: conviene revisar los datos de que dispone Hacienda y analizar qué ventajas fiscales podemos aplicar. Nunca presentes tu borrador sin analizarlo con detalle previamente, por muy sencilla que pueda resultar a priori tu declaración de la Renta.
- Si estás obligado a presentar el IRPF un año, lo estarás siempre. Esto también es falso, ya que el cumplimiento de los requisitos para poder quedar excluido de esta obligación se aplican únicamente al ejercicio de que se trate. Es cierto que lo habitual es que nuestros ingresos se mantengan más o menos estables o vayan poco a poco en aumento, lo que implicará tener que presentar la Renta cada año, pero pueden darse todo tipo de escenarios económicos que impliquen la posibilidad de no tener que declarar nuestra renta.
- Si estás en paro o en ERTE, no tienes que presentar la declaración de la Renta. Esto también es falso: de hecho, el paro es un tipo de renta como otro cualquiera y tiene la consideración de rendimiento del trabajo, sujeto a retención. El SEPE se considera un segundo pagador en caso de que hayas pasado por un ERTE y recibas ingresos de tu empresa y de este organismo. Tenlo en cuenta a la hora de controlar tus retenciones. Además, no olvides que el límite que te permite no presentar la declaración de la Renta baja desde los 22.000 euros anuales con un pagador a los 14.000 cuando hay dos pagadores o más, siempre que hayas cobrado más de 1.500 euros del segundo y siguientes pagadores.