Casi uno de cada cuatro españoles se enfrenta a diario a la incertidumbre de si mantendrán su puesto de trabajo en las próximas semanas o meses, una inquietud que pretende atajar la reforma laboral aprobada este jueves por el Gobierno, con el consenso de los sindicatos y la patronal.
El objetivo es que el contrato indefinido se convierta en la modalidad habitual en España, algo que no sucede en estos momentos, cuando nueve de cada diez contratos que se firman tienen fecha de caducidad.
Para ello, el Ejecutivo ha rebajado los tipos de contratos a tres: indefinido, temporal y de formación; además, va a endurecer las penalizaciones por el abuso de esta modalidad. Pero, ¿esto en la práctica tendrá resultado?
“Todo va a depender de cómo sea de flexible su uso”, apunta el doctor en Economía y subdirector de la Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea), José Ignacio Conde-Ruiz, quien señala que “no importa tanto el número de contratos”, sino ver exactamente “cómo se configura la medida y si realmente es de tal forma que se incentiva el uso del indefinido sobre el temporal”.
Hasta la aprobación de la reforma, existían cuatro modalidades de contratación en España: la indefinida, la temporal, para la formación y aprendizaje, y de prácticas; teniendo cada una de ellas sus propios subtipos. Por ejemplo, los contratos indefinidos podían ser ordinarios, parciales o fijos discontinuos.
Dentro de los temporales, encontrábamos contratos de interinidad, de obra o servicio o de relevo. En total, las empresas debían escoger entre más de una treintena de contratos a la hora de incorporar un nuevo trabajador a su compañía.
Sin embargo, a partir de ahora, los tipos de contrato se reducen drásticamente pasando únicamente a tres: el indefinido, el temporal y de formación. La intención del Ejecutivo es que el contrato fijo sea el habitual, aunque podría quedarse solo en eso, una intención, si no cambia su estructura.
“Siempre es mejor que haya menos que más, pero eso no es una condición suficiente para garantizar que se acabará con la precariedad”, apunta Conde-Ruiz. Precisamente porque “si existe un solo contrato temporal, pero se usa para todo, la precariedad seguirá estando presente y al mismo nivel que antes”, explica.
El reto de combatir la temporalidad
La temporalidad es uno de los males endémicos de nuestro mercado laboral, muy sujeto a la estacionalidad de sectores productivos que a su vez tienen un gran peso en el país. Sin ir más lejos, el turismo concentraba a cierre de 2019 -antes de la irrupción de la pandemia- más del 13 % del total de empleo de la economía española, siendo su tasa de temporalidad del 32 %.
España es la campeona en Europa en este sentido, con casi una de cada cuatro personas asalariadas con contratos eventuales -24,7 %-.
Le siguen Serbia, con un 20,1 % de sus empleados en esta situación, mientras que la media de la Unión Europea está 11 puntos por debajo de la española, en el 13,6 %, según los datos de Eurostat correspondientes a 2020.
Además, España enfrenta tasas disparadas en colectivos como los jóvenes (37,7 % entre las franjas de edad de 15 a 24 años) y las mujeres (16,36 %). Aunque lo que más preocupa es la duración de los contratos: una de cada cuatro firmas en noviembre tenían una duración de menos de una semana.
“La verdad es que es la temporalidad es un problema enquistado en España desde la reforma del 84. La temporalidad se disparó y no hay manera de bajarla”, explica la profesora de Economía de la Universidad Autónoma de Madrid Laura Pérez, quien se refiere al acuerdo alcanzado por el Gobierno de Felipe González con los sindicatos que introducía nuevas modalidades de contratación temporal. Desde entonces se han llevado a cabo un total de siete reformas sobre el mercado de trabajo y ninguna ha conseguido acabar con este mal endémico.
“Todas las reformas han ido a restringir el uso de la contratación temporal, pero como nunca se introducía flexibilidad suficiente en el indefinido ninguna funcionó; se decía que así se restringía el encadenamiento de contratos, aumentaba el coste de despido, etc. pero nunca conseguía resolver el problema”, añade Conde-Ruiz.
Solo en periodos de crisis el número de contratos temporales se ha reducido en España, aunque esto se debe a “un efecto estadístico”, apunta Pérez: “Se quedaron sin trabajo los temporales, pero esa no es la forma de atajar este problema, evidentemente. De hecho, en cuanto empezó la recuperación, volvió a subir la temporalidad”. Y es que una de las consecuencias del gran volumen de trabajo temporal es que, ante las crisis, el mercado laboral español se «ajusta» mediante una gran destrucción de empleo en lugar de otros mecanismos de flexibilidad. Pasó durante la pasada recesión financiera, pero también en la actual crisis por la pandemia.
Además, los expertos consultados advierten de las implicaciones que el actual contrato de prácticas tiene para incrementar la temporalidad.
Según un reciente estudio de la Fundación Iseak, y tal como apuntó la AIReF el año pasado, este tipo de contrato no cumple su función al ser “una fuente de precariedad para los jóvenes” en lugar de una vía más estable de «enganche» al mercado laboral.
Según detalla Lucía Gorjón, una de sus principales investigadoras, tras un contrato en prácticas, un joven tiene menos probabilidad de permanecer en la empresa que una persona con un contrato temporal estándar. Y, para quienes permanecen en la empresa, su probabilidad de firmar un contrato indefinido es notablemente inferior.
Por ello, considera que lo ideal sería sustituir esta fórmula por “un contrato indefinido con un periodo de prueba de hasta 6 meses, que podría acarrear una rebaja salarial”. Si bien, a partir de ahora, y tras la reforma del Gobierno, este tipo de contrato será sustituido por dos modalidades: el de formación dual, que combinará trabajo y formación, y el contrato para la adquisición de la práctica profesional.
Pero, ¿será suficiente reducir el número de contratos para atajar la temporalidad?
Acabar con la temporalidad en el mercado laboral ha sido desde un primer momento el único objetivo común de las tres partes involucradas en el diálogo social.
El Gobierno no ha dejado de repetir que es un fenómeno que hay que atajar con urgencia, porque es sinónimo de precariedad y afecta no solo a los trabajadores, sino al crecimiento del país.
Además, es uno de los compromisos adquiridos con Bruselas con el fin de poder acceda a una nueva partida de los fondos europeos.
Pero, ¿será suficiente con reducir el número de contratos? “La clave de la reforma está en cómo consigues que el trabajador gane en seguridad, es decir, que no se vea expuesto a tanta rotación y a contratos temporales precarios, mientras las empresas tienen a su vez la flexibilidad suficiente para competir en un mundo muy globalizado y con mucha competencia”, añade el subdirector de Fedea. A su juicio, para que funcione esto habría que “restringir mucho el uso del contrato temporal, pero flexibilizando el uso del contrato indefinido”.
“Cuando decimos esto no estamos refiriéndonos solo a coste de despido, sino a clarificar las causas”, añade. Por ejemplo, en el caso del nuevo contrato fijo para el sector de la construcción, que implica un contrato indefinido de entrada, con una indemnización mayor por despido y con la obligación de recolocar al trabajador. “Si no hay una causa objetiva, el despido debería ser más elevado que el contrato temporal; mientras que si se produce porque se acaban las obras y la empresa no puede ofrecer al trabajador más empleo, por poner un ejemplo, esto no debería suponerle a la empresa un coste más elevado”, explica.
En este sentido, el acuerdo contempla la introducción del llamado mecanismo RED -los nuevos Expedientes de Regulación Temporal del Empleo (ERTE)- que las empresas podrán utilizar con el fin de evitar los despidos.
Estos ajustes podrán ser cíclicos -para crisis económicas- o sectoriales -para cambios de modelo que necesiten recualificar a los empleados-. Además, la reforma del Ejecutivo pretende atajar una vía muy frecuente de contratación temporal en España, que ha tumbado recientemente el Tribunal Supremo: aquella que justificaba los contratos por obra y servicios por motivo de una subcontratación. El Alto Tribunal ha rechazado que la contrata sea un motivo para amparar esta temporalidad.
“Lo que se estaba haciendo muchas empresas era pasar parte de la producción a una contrata o subcontrata, lo que tenía una doble precariedad. Por un lado, los trabajadores estaban amparados por unos convenios a nivel de empresa con menos o peores condiciones que el de la empresa para la que realmente trabaja, y además los contratos de obra eran contratos temporales y no tenían ninguna seguridad”, subraya Conde-Ruiz.
Los resultados, en el aire
Los expertos consultados son optimistas respecto a la implantación de la reforma laboral y consideran que podrá reducir la temporalidad en el mercado de Trabajo. No obstante, insisten en que hay una elevada incertidumbre, sobre todo en un contexto de repunte de la inflación y de crisis en las cadenas de suministro globales. “Lo normal es que fuera un paso positivo, pero los resultados pueden ser absolutamente cualquiera”, apunta el experto financiero y asesor de Multiciclos Global Renta4, Juan Ignacio Crespo.
“Imaginémonos que la construcción, que ahora está demandando mucho empleo, se hunde a mediados del año que viene si la subida de tipos de interés en Estados Unidos se produce y empiezan a desacelerarse la economía. O que en China exista un repunte de contagios, que llevaría al país a cerrar los puertos y a intensificar los cuellos de botella”, explica. En estos casos, subraya Crespo, las circunstancias cambiarían completamente y la reforma laboral podría no obtener los resultados esperados.
“Ahora mismo es tal galimatías, tal desajuste que se ha producido por el parón de los meses del confinamiento total en todos los países, que va a costar mucho tiempo encajar las piezas y por lo tanto tener un poco idea clara del impacto de las medidas que se van tomando”, concluye.
Gobierno, patronal y sindicatos se reunirán a diario a partir de hoy para cerrar la reforma laboral