La Comisión se centrará en las prestaciones que estarán en la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), a solicitud del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, ha emitido el informe sobre la disposición por la que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización.
Las prestaciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud incluyen las técnicas, procedimientos y tecnologías incluidos en la cartera de servicios comunes. El contenido concreto de esta cartera se encuentra en diferentes anexos del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre y será modificado próximamente con nuevas prestaciones.
Algunas de esas prestaciones se realizan en centros sanitarios o socio-sanitarios y están cubiertas íntegramente por financiación pública. Otras se refieren a la prestación de productos ortoprotésicos. Concretamente, a prótesis distintas a las prótesis de miembros, prótesis auditivas y otros recambios de componentes externos de implantes quirúrgicos, y que están sujetas a dispensación ambulatoria y aportación del usuario.
Catálogo común de productos
Por primera vez, el proyecto incluye para este conjunto de prótesis un catálogo común (o productos que como mínimo deben ofertar los responsables de la prestación ortoprotésica) y sus Importes Máximos de Financiación, con la consiguiente fijación de sus precios.
Para proponer esos Importes Máximos financiables por la Seguridad Social se comparan con los importes financiables en otros catálogos (CCAA, sobre todo) y con los precios dados por las empresas Con esta información, se propone un importe que representa la ponderación media de los datos indicados anteriormente.
La CNMC, sin cuestionar la justificación ni la racionalidad médico sanitaria de las previsiones del proyecto, subraya el efecto que desde el punto de vista de la competencia tienen las nuevas prestaciones sanitarias en las empresas dedicadas a la producción y distribución mayorista y minorista de estos productos, y en los ciudadanos.
Recomendaciones de la CNMC
En general, la CNMC recuerda que los procedimientos de licitación pública para que el sistema nacional de salud se provea de estos productos y servicios deben llevarse a cabo respetando las normas de la libre competencia (libertad de acceso a las licitaciones, transparencia o no discriminación entre operadores).
En cuanto a la cartera común de prestación, recomienda que para actualizar el catálogo de las prótesis se utilicen mecanismos que minimicen el riesgo de comportamientos coordinados de los operadores.
Además, a la hora de fijar los Importes Máximos que pueden ser financiados, se debería atender en mayor medida a los precios de los productos de operadores eficientes y evitar usar la información que únicamente procede de operadores que ya existen en el mercado.
La CNMC es el organismo independiente regulador de los mercados y que garantiza y promueve una competencia efectiva. Este informe se emite a solicitud del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, en ejercicio de las competencias consultivas de la CNMC en aplicación del artículo 5.2 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.