Interior modifica las indemnizaciones por operaciones policiales en el extranjero

Oficiales de policía británico y español.
Oficiales de policía británico y español.

El Ministerio modifica la Orden INT/1390/2007 para las operaciones policiales en el extranjero

El Ministerio del Interior anuncia, a través del Boletín Oficial del Estado (BOE), la modificación de la Orden INT/1390/2007, de 11 de mayo, por la que se determina la indemnización a percibir por el personal que participe o coopere en asistencia técnica policial, operaciones de mantenimiento de la paz y seguridad, humanitarias o de evacuación de personas en el extranjero.

El primer cambio está en la disposición final segunda de la Orden INT/1390/2007, de 11 de mayo, que queda redactada del siguiente modo: “Las indemnizaciones recogidas en esta orden se aplicarán, para el personal desplazado, desde la fecha que se indica para cada misión:

Congo: 25 de enero de 2007

Sierra Leona: 31 de enero de 2007

Mauritania: 1 de mayo de 2006

Senegal: 1 de agosto de 2006

Cabo Verde: 1 de junio de 2007

Gambia: 1 de enero de 2008

Guatemala: 25 de marzo de 2008

Líbano: 2 de septiembre de 2008

Georgia: 25 de septiembre de 2008

Costa de Marfil: 14 de septiembre de 2008

Guinea Bissau: 2 de noviembre de 2008

Malí:15 de octubre de 2011

Níger: 1 de enero de 2012

Libia: 15 de enero de 2012

Irak: 7 de marzo de 2012

Yibuti: 1 de junio de 2014

Kenia: 1 de junio de 2014

Somalia: 1 de junio de 2014

Seychelles: 1 de junio de 2014

Tanzania: 1 de junio de 2014

Liberia: 6 de julio de 2014

Ucrania: 22 de diciembre de 2014

República Centroafricana: 25 de octubre de 2015

Colombia: 18 de noviembre de 2016

Grecia: 1 de enero de 2018

Bulgaria: 1 de enero de 2018

Hungría: 1 de enero de 2018

Italia: 1 de enero de 2018

Croacia: 1 de enero de 2018

Rumania: 1 de enero de 2018

Guinea Conakry: 1 de enero de 2019

En la misma línea, también se cambia el anexo I de la Orden INT/1390/2007, de 11 de mayo, incorporando las siguientes Misiones: Porcentaje del complemento de productividad; porcentaje de indemnización por residencia; y porcentaje de sueldo, complemento de destino y comp. gral. del c. específico.