Esta es la ayuda de 400 euros destinada a quienes no tienen derecho a cobrar el paro

En España, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) tiene las reglas claras: «Para cobrar la prestación contributiva por desempleo, es decir, el paro,  el trabajador deberá haber estado cotizando para dicha prestación un mínimo de 360 días durante los últimos seis años.» Pero, ¿qué ocurre si esto no se cumple? Aquí entra en escena el subsidio por insuficiencia de cotización, una ayuda de 400 euros, aproximadamente, y no contributiva para darle cobertura económica asistencial.

Para solicitarlo, la administración pública de empleo va a exigir una serie de requisitos o condiciones previas, ya que lo se trata de evitar con este mini-paro de concretamente 463,21 euros es que la persona desempleada no caiga en exclusión social hasta que encuentre un nuevo empleo. Por ello, para cobrarlo va a influir las rentas o ingresos que tenga mensuales o si tiene cargas familiares dentro de su unidad de convivencia o no, por ejemplo.

Con una tasa de paro que ha ascendido en el pasado mes de agosto por encima de las 40.000 personas, se puede deducir que muchos contratos estacionales de la época estival han llegado a su fin, por lo que puede haber muchos trabajadores que, debido a la estacionalidad, se hayan visto obligados a abandonar el mercado de trabajo y no lleguen a cumplir con los doce meses necesarios para cobrar el paro. Entonces, ¿qué necesitan para percibir el subsidio por insuficiencia de cotización?

 

¿Qué se necesita para cobrar la ayuda de 400 euros cuando no existe derecho a paro?

Por regla general, desde el SEPE advierten que cualquier tipo de subsidio tiene como requisito imprescindible que se haya agotado por completo la duración de cobro del paro para que se genere, si las circunstancias lo permiten, el derecho a cobrar un subsidio por desempleo. Pero esta situación es especial y este requisito no será necesario. Sin embargo, sí otros como los que se detallan a continuación:

  • Demostrar que se está en desempleo o en una situación legal de desempleo.
  • Permanecer inscrito como demandante de empleo en el SEPE.
  • Mantener la condición anterior durante todo el periodo que se cobre la ayuda de 400 euros y suscribir el compromiso de actividad, es decir, demostrar que se va a estar en búsqueda activa de empleo.
  • No tener rentas mensuales que superen cierta cantidad. La ley es clara al exponer que será necesario demostrar una carencia de rentas. En 2022, estas nunca podrán superar la barrera del 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), es decir, que nunca podrán ser superiores a los 750 euros mensuales.
  • Demostrar un periodo mínimo de cotización: tres meses, si se tienen cargas familiares; seis meses si no hay cargas y nunca haber alcanzado los 360 días cotizados para la prestación contributiva por desempleo.

No hay que olvidar que el objetivo de este organismo público, perteneciente al Ministerio de Trabajo, es ayudar a todos los ciudadanos que cotizan cuando pierden el empleo, en la medida de lo posible. Por ello, si no se reúnen el requisito de carencia de rentas o el de responsabilidades familiares en el momento que abandonan el mercado laboral, se les va a facilitar el plazo de un año para demostrar que sí lo cumplen. En este caso, se podrá obtener la ayuda no contributiva por insuficiencia de cotización desde el día siguiente a la solicitud, sin que la duración disminuya.

Además, si se tienen 52 años o más, se les generará el derecho de cobrar el subsidio para mayores de 52 años, que comparte la misma cuantía que el que aquí ocupa pero se puede cobrar hasta que el trabajador desempleado obtenga otro trabajo o hasta que llegue a la edad ordinaria de jubilación, a los 65 años.

¿Cuál es la duración de la ayuda de más de 400 euros en 2022?

El SEPE va a fijar unos periodos de tiempo distintos según se posean responsabilidades familiares o no. A continuación se explicará cuánto tiempo se puede cobrar el subsidio por desempleo con cotización insuficiente:

Si se tienen cargas familiares:

Cuando tienes hijos, cónyuge o discapacitados a cargo y se ha cotizado entre 6 meses y un año, se tiene derecho a cobrar durante 21 meses, el tiempo máximo.

Cada 6 meses será obligatorio renovar la prestación. Si antes de ese plazo se obtiene un empleo o se modifica la situación familiar, será obligatorio comunicarlo a la administración pública de empleo.

Si el periodo de cotización es inferior, se hará un cálculo exacto de lo que correspondería cobrar al perceptor.

Si no se tienen cargas familiares:

En el caso de desempleados sin familia a cargo, se demostrará una cotización de 6 meses que no hayan gastado en anteriores prestaciones por desempleo.