España completa la transposición de la Directiva Europea en materia de Eficiencia Energética (UE) 2018/844 tras la aprobación de la última actualización del Código Técnico de la Edificación (CTE), que fomenta la movilidad sostenible mediante la instalación de puntos de recarga. El texto establece cuál es la dotación mínima de infraestructura para la creación de estos puntos, con la que deben contar los edificios nuevos y las intervenciones en edificios existentes.
De esta manera, los edificios de uso residencial privado –ya sean de obra nueva o ya existentes– con más de 20 plazas de aparcamiento deberán contar con canalizaciones que sirvan como preinstalación de las infraestructuras de recarga para el 100% de las plazas de aparcamiento. En el caso de los inmuebles de usos distintos al residencial, con más de 10 plazas de aparcamiento, la norma exige canalizaciones de preinstalación para el 20% de las plazas de estacionamiento, además de la instalación de un punto de recarga por cada 40 plazas o fracción.
“Con esta normativa avanzamos en materia de eficiencia energética en España, una asignatura en la que llevamos varios años de retraso con respecto de nuestros vecinos europeos”, Eduardo Echarren, responsable de la división de Vehículo Eléctrico de ISTA.
España necesitará multiplicar por cinco la instalación de puntos de recarga. “La incorporación de preinstalaciones para la colocación de estos puntos en las comunidades de propietarios facilitará la expansión del vehículo eléctrico, lo que mejorará la movilidad en las ciudades además de reducir las emisiones de gases contaminantes, en la línea de la lucha contra el cambio climático”, concluye.
La implantación del vehículo eléctrico en España continúa siendo discreta. En 2021 las ventas cayeron un 9,38%, aunque el número de matriculaciones llegó al 37,7%. El precio de la energía y las dificultades para acceder a un punto de recarga comprometiendo su autonomía– son algunos de los hándicap a los que se enfrentan este tipo de automóviles.
Sin embargo, “la modificación del CTE, que permite la instalación del dispositivo de forma ordenada y sencilla, podría servir de palanca para impulsar su despegue. Además, gracias a la modificación de la Ley de la Propiedad Horizontal del año 2009, ahora es posible colocarlo en la propia plaza de estacionamiento sin necesidad de contar con la autorización de la comunidad de propietarios. Tan solo será necesario notificárselo al presidente de la comunidad, y que el instalador al que se le encargue el trabajo, lo realice siguiendo lo marcado en la Instrucción Técnica «, recuerda Echarren.
ISTA dispone de soluciones para la instalación de puntos de recarga en viviendas particulares (Elvi carga doméstica); comunidades de vecinos y empresas con flota de vehículos (Business Line), y espacios públicos (recarga rápida DC). La compañía cuenta con un equipo de profesionales que realizará el estudio de instalación y mantenimiento.
Ademaìs, a diferencia de lo que ocurre con otras instalaciones facilitadas por compañías eleìctricas o empresas de automocioìn, el usuario podraì elegir su comercializadora buscando las mejores tarifas y/o descuentos. “Nos ocupamos de todo. Tenemos el servicio maìs completo del mercado. Ofrecemos una amplia gama de equipos de recarga; desde una instalacioìn en una casa particular hasta una red de instalaciones en toda la ciudad”, finaliza el responsable de la división de Vehículo Eléctrico de ISTA, Eduardo Echarren.