El SEPE informa del subsidio para trabajadores de menos de un año en su empleo

SEPE

Las prestaciones por desempleo son un balón de oxígeno para muchos usuarios de la Seguridad Social, que tiene un importante aviso para los padres, mientras encuentran una nueva salida laboral. Para acceder a ellas, el usuario debe cumplir diversos requisitos.

Uno de ellos es alcanzar una cotización mínima. Sin embargo, no todos los trabajadores pueden acreditar una amplia carrera laboral.

Por ello, el SEPE, que ofrece una variada cantidad de cursos gratuitos en noviembre, ha dado a conocer la prestación de desempleo ideada para aquellos usuarios que hayan trabajado menos de un año.

Para tener acceso a ella, habrá que haber cotizado como mínimo tres meses en el caso de contar con responsabilidades familiares o 6 si no se tienen.

La duración del subsidio tendrá una duración determinada a partir de la cotización de cada trabajador. Si este tiene responsabilidades familiares y si ha cotizado seis o más meses, el subsidio durará 21 meses.

En este caso, la prestación se reconocerá por seis meses y se podrá prorrogar por la misma cantidad hasta llegar al máximo establecido.

Por otro lado, el subsidio durará 3, 4 o 5 meses si el trabajador ha cotizado 3, 4 o 5 meses, respectivamente, si se tienen responsabilidades familiares.

En caso contrario, el subsidio durará un máximo de 6 meses. En el caso de personas trabajadoras fijas discontinuas, la duración del subsidio será igual al número de meses cotizados por desempleo en el año anterior a la solicitud.

Cuánto puede recibir el trabajador

La cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80 % del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) de 2021.

En el caso de pérdida de trabajo a tiempo parcial, dicha cuantía se percibirá en proporción a las horas previamente trabajadas en el último contrato.

Durante la percepción del subsidio, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a las prestaciones de asistencia sanitaria y, en su caso, protección a la familia.

En el supuesto del subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años, el SEPE deberá cotizar, además, para la jubilación. Se tomará como base de cotización el 125 % del tope mínimo de cotización vigente en cada momento.

A las personas trabajadoras fijas discontinuas mayores de 52 años se les cotizará también para la jubilación. Se tomará como base de cotización el 125 % del tope mínimo de cotización vigente en cada momento.

Requisitos para solicitar el subsidio

Para recibir esta prestación por desempleo, habrá que cumplir con los siguientes requisitos:

-Estar desempleado o desempleada y en situación legal de desempleo.

-Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo y mantener dicha inscripción durante todo el período de percepción y suscribir el compromiso de actividad.

-Haber cotizado por desempleo al menos 3 meses, si usted tiene responsabilidades familiares, o al menos 6 meses si no las tiene, y no llegar a 360 días. En el caso de tener los 360 días cotizados, tendría derecho a la prestación contributiva.

-No percibir rentas de cualquier tipo superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, sin contar la parte proporcional de dos pagas extraordinarias (Cuantías para este año). Se tendrán en cuenta las rentas íntegras o brutas.

El rendimiento que proceda de actividades empresariales, profesionales, agrícolas, ganaderas o artísticas, es el resultado de la diferencia entre los ingresos y gastos que hayan sido necesarios para conseguir estos ingresos.

Las ganancias patrimoniales son el resultado de la diferencia entre las ganancias y las pérdidas patrimoniales.

-Deberá presentar la solicitud en el plazo de 15 días hábiles, que empieza a contar desde el día siguiente a la situación legal de desempleo.

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