¿Cómo serán las nuevas cotizaciones de las pensiones?

Paguilla

El cambio en el cómputo de las pensiones ha entrado en vigor desde el pasado domingo 1 de octubre de 2023. Según explicó el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, durante una entrevista en ‘Más de uno’ con Carlos Alsina, será el pensionista el que podrá elegir.

El Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), recoge las «medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones».

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Elección entre un cómputo de 25 o 27 años

Según Escrivá, los ciudadanos podrán escoger entre un cómputo de 25 o de 27 años, aunque el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) aplicará automáticamente el sistema que resulte más beneficioso para el pensionista.

Aun así, el jubilado tendrá la opción de elegir si prefiere calcular su pensión conforme a los 25 años actuales o a los 27 años. Normalmente, se escogerá la opción más alta, pero en el caso de que alguien prefiera la pensión más baja, también podrá notificarlo a la Seguridad Social.

Equiparación entre el cómputo del trabajo a tiempo parcial y a tiempo completo

Otro de los cambios en el cómputo de la cotización es que el trabajo a tiempo parcial se equipara con el trabajo a tiempo completo. «Esta medida facilita que los más de 2 millones de trabajadores con contratos a tiempo parcial, en su gran mayoría mujeres, no se vean perjudicadas a la hora de acceder a estas prestaciones por la aplicación de esos coeficientes de parcialidad», informan desde la Seguridad Social.

De esta manera, aclaran que «los periodos de actividad pasan a computar por días completos», independientemente de que se trate de una jornada a tiempo parcial o no. «Elimina el coeficiente global de parcialidad y se pone punto final a las reglas de proporcionalidad a efectos de acreditar los períodos de cotización necesarios para causar derecho a las prestaciones, exigiéndose a partir de este momento los mismos períodos de cotización para el acceso a las prestaciones que a los trabajadores a tiempo completo», indican.

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