En esta Campaña de la Renta, Hacienda ofrece dos modalidades para abonar a plazos en caso de que la declaración salga a pagar.
El pagar los impuestos puede resultar en un duro golpe a la economía del contribuyente, por lo que Hacienda permite amortizar el dinero en cuotas, facilitando el honrar la deuda con el ente fiscal.
Esta Campaña de la Renta estará marcada por las declaraciones de los afectados por los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) producto de la pandemia de coronavirus; ante esto, la Agencia Tributaria ha extendido los plazos, debido a que es bastante probable que las personas que han estado en esta situación deban pagar.
Pago en seis plazos
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se considera como un segundo pagador que deja a las rentas del trabajador fuera de la categoría exenta de la presentación de la Renta. Ante la gran cantidad de estos casos, Hacienda permite fraccionar el pago del IRPF hasta en seis plazos, sin intereses para las personas que han estado en un ERTE.
Para poder beneficiarse de este pago aplazado, el contribuyente deberá:
- Haber estado en un ERTE en 2020
- No tener deudas superiores a 30.000 euros con la Agencia Tributaria
- Presentar en plazo la declaración de la Renta.
De cumplir con estas condiciones, la persona podrá dividir el pago en seis meses, comenzando el 20 de julio hasta el 20 de diciembre de 2021. El cobro se realizará todos los días 20 de cada mes.
Para solicitar el pago en seis partes hay dos formas:
- En el momento de presentación de la declaración: Al pulsar en ‘Presentar declaración’, se debe elegir ‘No fraccionado’, después ‘Otras modalidades de pago’ y posteriormente ‘Reconocimiento de deuda con solicitud de aplazamiento’. Ahí, deberá clicar en ‘Tramitar deuda’, después en ‘Aplazar’ y tras eso deberá elegir la opción ‘Solicitud de fraccionamiento extraordinario IRPF 2020 para beneficiarios de prestaciones ERTE (Orden HAC/320/2021) -Fraccionamiento ERTE-‘.
- Luego de presentar la declaración: En la Sede Electrónica de la Seguridad Social, vaya al apartado ‘Trámites destacados’, pulse en ‘Pagar, aplazar y consultar deudas’, después en ‘Aplazar y fraccionar’ y posteriormente elija ‘Solicitar aplazamiento o fraccionamiento de deudas’. Tras identificarse (con Cl@ve PIN, DNI electrónico o certificado digital) tendrá que seleccionar ‘Solicitud de fraccionamiento extraordinario IRPF 2020 para beneficiarios de prestaciones ERTE (Orden HAC/320/2021) -Fraccionamiento ERTE-‘.
Pagar la Renta en dos plazos
La Agencia Tributaria permite de manera general dividir el pago en dos partes para declaraciones que salgan a pagar. Al elegir esta forma de pago, se deberá abonar el 60% de la deuda el 30 de junio y el 40% restante el 5 de noviembre.
Estos son tres pasos para poder optar a este método de pago:
- Realizar el borrador conforme al método establecido por el organismo
- Hacer clic en ‘Presentar declaración’
- Seleccionar ‘Pago fraccionado’.
Para realizar el pago se puede seleccionar diferentes opciones:
- Domiciliar el pago: se debe añadir el IBAN de la cuenta bancaria.
- Pago electrónico: con cargo en cuenta, con tarjeta de crédito o con un justificante NRC del pago.
- Con un documento para ingresar en banco o caja: si bien deja saldada la declaración en el momento se deberá realizar antes del 30 de junio.