A partir de 2025, la jubilación anticipada para personas con discapacidad en España sufrirá cambios significativos. Con la aprobación del Real Decreto 370/2023, quienes tengan una discapacidad igual o superior al 45% podrán acogerse a esta modalidad a partir de los 52 o 56 años, dependiendo de la enfermedad. El Consejo de Ministros también ha reducido los años de cotización necesarios: ya no serán 15, sino 5 años desde el diagnóstico de la discapacidad.
¿Quiénes Pueden Beneficiarse?
Para jubilarse anticipadamente, los solicitantes deberán acreditar un grado de discapacidad igual o superior al 45%, siendo aplicable en casos de enfermedades graves como parálisis cerebral, síndrome de Down y trastorno bipolar, entre otros. Además, el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha propuesto agregar enfermedades adicionales, como artritis reumatoide y enfermedad de Huntington.
Requisitos y Cuantía de la Pensión
Para acceder a esta jubilación, los trabajadores deben estar dados de alta en la Seguridad Social y presentar documentación que acredite su grado de discapacidad. La cuantía de la pensión dependerá del tipo de incapacidad y del número de años cotizados. La Seguridad Social garantiza que no habrá reducción en el importe de la pensión debido a la anticipación de la jubilación; se calculará con base en el método estándar, sin coeficientes reductores.
La reforma permitirá a más personas acceder a una jubilación adaptada a sus necesidades, ofreciendo estabilidad y seguridad financiera en el marco de un sistema de pensiones más inclusivo.