Un total de 100 entidades financieras se han adherido al Código de Buenas Prácticas que establece el marco de
refinanciación para clientes con financiación avalada aprobado por el Gobierno en el Real Decreto-ley 5/2021, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia.
La adhesión a este Código supone la asunción de compromisos por parte de las entidades acreedoras para adoptar medidas sobre los préstamos con aval público concedidos a sus clientes y mejorar la coordinación con otras entidades, con el fin de ofrecer alternativas a los clientes que tienen en común y cuya situación financiera ha resultado especialmente perjudicada por la pandemia.
Su puesta en marcha fortalece la colaboración público-privada y permitirá facilitar alternativas a autónomos y empresas viables para la refinanciación de los préstamos con aval público concedidos entre el 17 de marzo de
2020 y el 13 de marzo de 2021.
Las 100 entidades adheridas representan el 77% de las que suscribieron los convenios de colaboración para la gestión de las Líneas de Avales y han concedido en torno al 98% del crédito con aval público. Esto permitirá
que un gran número de empresas y autónomos que lo requieran tengan la posibilidad de acceder a las medidas aprobadas para aliviar su carga financiera.
Con el fin de reforzar la solvencia de las empresas y los autónomos, el Código de Buenas Prácticas establece las líneas de actuación para la gestión de las tres medidas aprobadas para los préstamos que cuenten con aval público.
Así, los autónomos y empresas podrán solicitar la extensión del plazo de vencimiento de los préstamos avalados.
El plazo de amortización podrá ser de hasta 10 años en total y esta medida será de obligada aplicación por las entidades que hayan suscrito el Código de Buenas Prácticas para las empresas que lo soliciten y que cumplan los requisitos establecidos, entre otros, no estar en mora de ninguno de los préstamos que tenga suscritos con la entidad, ni estar en procedimiento concursal y haber registrado una caída de la facturación en 2020 respecto a 2019 de al menos el 30%.
En los casos en que no se cumpla el requisito de caída mínima de la facturación, será posible la ampliación del vencimiento por acuerdo entre las partes. Esta ampliación permitirá que las empresas dispongan de un periodo de tiempo mayor para que recuperen su actividad económica y hacer frente a sus compromisos financieros.
Asimismo, se establece la posibilidad de que, por acuerdo entre la entidad financiera y la empresa, se pueda convertir el préstamo avalado en un préstamo participativo, manteniendo la cobertura del aval público, medida
que reforzará los recursos propios de las empresas beneficiarias.
Para poder beneficiarse de esta medida, la empresa deberá haber tenido una caída de su facturación del 30% en 2020, con la cuenta de pérdidas y ganancias del año 2020 presentando además un resultado negativo después de impuestos. Asimismo, la empresa deberá cumplir con los requisitos de no estar en mora en ninguna financiación suscrita con la entidad financiera y no estar en concurso de acreedores.
Finalmente, las entidades financieras adheridas y los autónomos y las empresas, siempre que cumplan con los requisitos establecidos, podrán llegar a acuerdos de renegociación de deudas que incluyan una reducción del principal pendiente de la financiación avalada contraída durante la pandemia.
Con este fin se ha creado una nueva línea para la reestructuración de deuda financiera con aval del Estado, dotada con 3.000 millones de euros.
Las entidades financieras deberán asumir la parte proporcional de la reducción del préstamo, y el abono de las transferencias se realizará por orden de comunicación, estando limitado al agotamiento de los fondos establecidos para cada uno de los organismos que han concedido préstamos avalados: 2.750 millones de euros para avales gestionados por ICO; 100 millones para avales de CESCE y 150 millones para avales gestionado por CERSA.
Adicionalmente, las entidades se comprometen a mantener abiertas las líneas de circulante de los beneficiarios de algunas de las medidas anteriores hasta el 31 de diciembre de 2022.