Las nuevas variantes de covid que han sido rebautizadas de forma no oficial como Covid-22, en concreto las variaciones más peligrosas, las BA.4 y BA.5 presentan muchas diferencias con el original SARS-COV-2 y están provocando un aumento significativo de los contagios.
Por ello, surgen muchas dudas sobre el protocolo de covid ahora que los contagios se han vuelto a disparar en verano, que es cuando más movimientos de personas se dan y más interacción social hay.
¿Qué hago si presento síntomas graves?
El protocolo del Ministerio indica que en caso de presentar criterios de gravedad o mala evolución como disnea o fiebre por encima de 38ºC mantenida más de tres días, la persona deberá contactar con su sistema sanitario según se establezca en cada Comunidad o Ciudad Autónoma, donde se le indicará la conducta a seguir.
Si he dado positivo, ¿puedo ir a trabajar?
En cuanto a cuál es el protocolo si he dado positivo y tengo o no que ir a trabajar, la Estrategia de control y vigilancia establecida por el Ministerio recoge que los casos confirmados de coronavirus o con síntomas leves están exentos de cuarentena y pueden ir a trabajar, aunque recomiendan el teletrabajo siempre que sea posible.
Los casos leves están exentos de cuarentena
El Ministerio de Sanidad explica que los casos confirmados deben extremar las precauciones y reducir todo lo posible las interacciones sociales utilizando de forma constante la mascarilla y manteniendo una adecuada higiene de manos durante los 10 días posteriores al inicio de síntomas o al diagnóstico en el caso de las personas asintomáticas. Además, recomiendan evitará especialmente el contacto con personas vulnerables y la participación en eventos multitudinarios.
Si se trabaja en hospitales, residencias centros penitenciarios o sanitarios, el Ministerio establece un protocolo diferente. En el caso de ser positivo y trabajar en alguna de esas instituciones, los trabajadores de ámbitos vulnerables no acudirán al centro de trabajo durante los primeros cinco días desde el inicio de los síntomas o desde el diagnóstico positivo para los asintomáticos.
¿Quién da la baja por covid y cuánto se cobra?
Si las molestias o síntomas del contagio por covid impiden acudir al centro de trabajo o teletrabajar con normalidad, el trabajador puede solicitar la baja o su médico de cabecera que le indicará que debe mantener cuarentena.
La baja por covid no la da la mutua, sino el médico de cabecera, y no es obligatorio que el trabajador acuda al centro de salud para que el médico le dé la baja. El alta y la baja se pueden dar por teléfono o de forma telemática. Eso sí, correrá a cargo del empleado enviar el parte a su empresa.
Con respecto a cuánto se cobra por la baja, el empleado afectado cobrará una prestación del 75% de la base reguladora. Esta prestación cuenta desde el primer día que se produce la baja.
¿Dónde es obligatorio el uso de la mascarilla?
El pasado mes de abril el Gobierno acordó el fin de la obligatoriedad del uso de las mascarillas en espacios interiores con carácter general, aunque estableció una serie de excepciones, que son las siguientes:
- Mascarilla obligatoria en el interior de los centros, servicios y establecimientos sanitarios como farmacias.
- Mascarilla obligatoria en el transporte aéreo, por ferrocarril o autobús y en los barcos cuando no se garantice la distancia de seguridad
¿Y en el trabajo?
El BOE del 19 de abril, por el que se modificó la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, estableció que en el entorno laboral, con carácter general, no resultará preceptivo el uso de mascarillas.
No obstante, los responsables en materia de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con la correspondiente evaluación de riesgos del puesto de trabajo, podrán determinar las medidas preventivas adecuadas que deban implantarse en el lugar de trabajo o en determinados espacios de los centros de trabajo, incluido el posible uso de mascarillas, si así se derivara de la referida evaluación.
Debido al aumento significativo de contagios, algunas comunidades se están planteando recuperar la mascarilla obligatoria en interiores. Cataluña es una de las comunidades que se plantea recuperar esta medida si se superan los 15 ingresados en las UCI por covid.
¿Qué países piden el certificado para viajar desde España y cómo se puede solicitar?
El certificado covid se puede solicitar a través de la página del Ministerio de Sanidad . A través de un formulario en la parte de ‘Guía para la solicitud del Certificdo COVID Digital de la UE’ se realizarán unas preguntas guiadas para conocer que tipo de certificado le corresponde a cada persona en función de su situación y dónde podrá obtenerlo.
Sobre los países europeos que piden el certificado covid o de vacunación, Francia, Chipre, Luxemburgo y Malta son los países que todavía piden el pasaporte Covid a ciudadanos de la Unión.
Con respecto a los países de fuera de la UE como Estados Unidos, se deberá presentar un certificado de vacunación, de recuperación o una prueba negativa para poder entrar. En India sin los mismos requisitos que en EEUU y además se debe subir la documentación a una página web estatal.