Hay un total de 3 deudas que los profesionales por cuenta propia pueden prorrogar siempre que cumplan unos requisitos.
Desde que comenzó la pandemia del Covid-19 en España, el pasado 16 de marzo de 2020, los trabajadores autónomos han sido los que más han sufrido económicamente debido a las restricciones sanitarias y el cierre de todo el comercio no esencial durante varios meses.
Pero no solo, sino que actualmente, hay sectores económicos, como puede ser el ocio nocturno y la hostelería que siguen sufriendo complicaciones económicas debido a las limitaciones con motivo sanitario.
Por ese mismo motivo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) permite que estos profesionales por cuenta propia, dados de alta dentro del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) puedan solicitar la prórroga del pago de algunas deudas que tengan pendientes.
Pero no de todas, algo que hay que tener muy en cuenta para evitar posibles errores y no ser sancionado por parte de la administración pública.
Más concretamente, son un total de 3 las deudas que un trabajador autónomo puede pedir que se aplace su pago durante un tiempo concreto.
Para ello será necesario seguir una serie de pasos a través de la sede electrónica de la Seguridad Social y que se explicarán en las próximas líneas para que así se puedan seguir uno a uno y enviar la petición a la Seguridad Social por parte de estos trabajadores.
El objetivo es evitar tener que pagar dichas deudas temporalmente, aunque deberá hacer frente en una fecha futura.
¿Qué deudas pueden prorrogarse los autónomos?
El Instituto Nacional de la Seguridad Social ha informado, a través de sus redes sociales, que es posible que los trabajadores autónomos pidan la prórroga del pago de hasta 3 deudas que pueden llegar a tener con la administración pública. Todo ello siempre que se reúnan una serie de condiciones, estas son:
- Pago de deudas inaplazables.
- Constitución de garantías.
- Pago de las cuotas corrientes
Si se cumplen estos tres requisitos, el autónomo podrá solicitar el atraso en el pago de hasta 3 deudas que pueda tener con la Seguridad Social. Pero, ¿cuáles son esas deudas aplazables? Hay que estar atento para evitar errores, sabiendo que son las siguientes:
- La cuota mensual de autónomo.
- Los intereses que se impongan por pagar tarde la cuota de autónomo.
- El pago de prestaciones y ayudas económicas.
Pasos para solicitar la prórroga del pago
En el caso de que se quiera prorrogar el pago de alguna de las 3 deudas que se han citado anteriormente hay que seguir una serie de pasos.
Lo primero que hay que saber es que se trata de un trámite que se puede hacer de manera telemática, lo que ofrece una ventaja a los autónomos sobre la solicitud presencial, ya que pueden hacerlo en apenas unos minutos y desde cualquier dispositivo con conexión a internet.
Lo primero que hay que hacer es acceder a la sede electrónica de la Seguridad Social. En ese punto, se pincha en el apartado ‘ciudadanos’, donde se desplegará un nuevo menú y, ahí, hay que clicar en ‘recaudación’.
Dentro de esta nueva página web se mostrarán varias opciones, teniendo que escoger el punto que está bajo el nombre de ‘aplazamiento en el pago de deudas a la Seguridad Social’, siendo la primera que aparece en la lista.
Antes de comenzar la solicitud, es necesario identificarse, pudiendo hacerlo a través de certificado electrónico, usuario y contraseña o con cl@ve.
En ese momento será necesario tener dos documentos, estos son, primero, el formulario de solicitud de aplazamiento completamente relleno con los datos que se exigen, pero no es el único, sino que también hay que completar el documento de reconocimiento de deuda.
Al tener completos estos dos documentos y entrar dentro del apartado de aplazamiento será necesario rellenar un pequeño formulario aparte.
Junto a ello, hay que añadir los documentos mencionados a través de la opción que aparece como ‘adjuntar archivo’ y, una vez hecho, presentar formalmente la solicitud de aplazamiento del abono de las deudas por parte del trabajador autónomo.