Al pretender querer ser un trabajador autónomo siendo extranjero, deberás verificar que tu proyecto sea interesante, contar con los fondos suficientes para poder sacarlo adelante y que a largo plazo sea lo suficientemente sustentable para ti.
Para comenzar la gestión, es totalmente necesario que obtengas todos los requisitos solicitados por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en donde solicitan lo siguiente:
- No debes ser ciudadano de estado SCHENGEN.
- No debe poseer antecedentes penales en España, en caso de que el trámite se realice en suelo peninsular, se solicitará antecedentes penales de su país de origen y de donde reside.
- No haber contado ni poseer prohibición de entrada en España, se verificará que no la tengas en otros países con los que el estado español tiene convenio.
- Toda actividad que vaya a realizar en España debe ser legal.
- Tener de cualificación profesional exigible o bien experiencia acreditada en la actividad que se marcha a desarrollar. En ciertos casos va a ser precisa la colegiación, como comentamos en montar una asesoría/gestoría.
- Acreditar que la inversión prevista es suficiente y que se va a crear empleo.
- Acreditar los recursos económicos precisos para una conservación y estancia en España, una vez deducidos los gastos necesarios para el mantenimiento de la actividad.
Además de todos estos requerimientos, debes estar al día con todo lo que se relaciona a la apertura y funcionamiento de la actividad que se desea desarrollar (según el negocio que estés pensando iniciar) y si no lo sabes, la administración Española, burocracia, en ese caso no lo pone fácil.
Es normal que una licencia de apertura para actividades calificadas (bares, cafeterías, discotecas, restaurantes, talleres, centros médicos, etc), pueden tardar hasta un año, demasiado departamentos por los que se ha de pasar dicen que tiene la culpa.
Pero no desesperes, que con licencia provisional puedes ejercer la actividad en la mayoría de los casos.
Es recomendable realizar todos los trámites en una asesoría fiscal, la que se encargaran de la mayoría de los trámites.
La Secretaría de Estado de Migraciones solicita los siguientes documentos:
- Copia del pasaporte o bien documento de viaje con vigencia mínima de cuatro meses.
- Certificado sanitario que acredite que el demandante no sufre de una condición incluida en el Reglamento Sanitario Internacional de la OMS.
- Titulación o bien acreditación que certifique que el interesado cuenta con la respectiva experiencia en el área. Esta ha de estar homologada en aquellos proyectos que de este modo lo demanden.
- Presentar la Petición de autorización de vivienda temporal y trabajo por cuenta propia.
- Proyecto completo sobre el género de actividad a desarrollar. Este debe contar con una síntesis del mismo: gasto de inversión, fantasma de rentabilidad a lo largo del año próximo y los posibles puestos laborales que puede producir.
- Acreditación de que se cuenta con una inversión económica completa por parte de una corporación financiera con reputación o bien organización afín.
- Certificado de antecedentes penales o bien equivalente.
- Autorizaciones o bien licencias que acrediten la legalidad del proyecto en suelo de España. Si todavía están en proceso, se debe señalar exactamente en qué punto se hallan.
- Si la actividad es de comercio minorista, estos deben limitarse al Anejo de la Ley 12/2012 y Ley 30/1992.
Cada uno de los documentos extranjeros que por requisito se debiera aportar, si fuera el caso, deberá estar legalizado, cotejado, compulsado, por entidades españolas como por ejemplo el Consulado de España y Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, adicional a ello, puede estar legalizado al Convenio Internacional de La Haya.
¿Dónde y cómo tramitarlo?
Al haber obtenido y cumpliendo con los requisitos mencionados y si con ello quisieras al mismo tiempo obtener el permiso de residencia, debes dirigirte al Consulado de España de tu país o cualquier otro ente gubernamental diplomático que cuente con el permiso de tramitarlo dentro de España según los objetivos que tengas.
Una vez tomes la decisión de iniciar el trámite, ten presente que este en todos los casos lleva el nombre de “Residencia temporal y trabajo por cuenta propia”.
De igual forma, es algo que debe ser llevado a cabo por parte del interesado, en un plazo máximo de 10 días, abonando incluso las tasas de extranjería.
- Tasa código 052: para la autorización inicial de la residencia temporal.
- Tasa código 062: para la autorización inicial de trabajo por cuenta propia.
Al haber efectuado dicho proceso, las autoridades van a tardar en dar respuesta en un máximo de 3 meses, de no llegar a recibir respuesta en dicho periodo, significa que su solicitud habrá sido desestimada.
De haber sido aprobada, va a contar con un mes como máximo para entregar las siguientes peticiones:
- Pasaporte.
- Certificado médico.
- Certificado de antecedentes penales.
- Justificante de la tasa de visado.
Al haber enviado nuevamente estos datos, el organismo español contará con plazo de 30 días para darte la firma solicitada.
Una vez la visa sea otorgada, vas a un tener plazo máximo de 3 meses para irte a vivir en España, de haber pasado dicho tiempo y no concretar el viaje, vas a tener que iniciar nuevamente todo el proceso.
Al haber entrado a España, dispones de 3 meses para darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos mayor conocido por sus siglas RETA, por consiguiente afiliarte a la Seguridad Social estableciendo el proyecto ya indicado.
Recuerda que para de trámite de visa emprendimiento España vas a tener que estar en la provincia a la cual realizaste la solicitud, dirigiéndose de forma presencial y con previa cita para anexar los siguientes:
- Presentar el modelo EX-17.
- Justificante del pago de la tasa de la tarjeta.
- Acreditación de afiliación a la Seguridad Social y al RETA.
- Tres fotografías recientes, tamaño carnet y en color, con fondo blanco.
Y ¡Listo! De esta manera vas a poder comenzar a trabajar como trabajador autónomo de forma legal durante un año, con la posibilidad de luego renovar la solicitud durante 2 años más.
¿Puedo hacer este trámite a distancia?
Lamentablemente es algo que no puede realizarse a distancia en su totalidad, sin embargo, el pago de las tasas de extranjería, antecedentes penales y otras gestiones si se pueden efectuar a través de diferentes sitios web oficiales, si bien como comentamos, todo es mucho más sencillo realizar toda la tramitación y legalización de la actividad a desarrollar por una asesoría fiscal.
¿Funciona de la misma manera el alta de autónomos para extranjeros comunitarios?
Básicamente los requisitos que debe presentar este tipo de personas son los mismos, con la única diferencia de que es indispensable haber residido un año completo en el país.
¿Un extranjero sin papeles puede ser autónomo?
No, cualquier extranjero que desee realizar este procedimiento debe contar con su documentación al día.
¿Puedo darme de alta como autónomo no residente comunitario?
Evidentemente, pero para ello debes tener más de 16 años.
¿Si tengo el NIE me puedo dar de alta?
Con el NIE es mucho más sencillo poder diligenciar la carta de alta como trabajador Autónomo en España.
Para poder hacer este proceso con NIE vas a tener que anexar una serie de requisitos más.
¿Cuál es la ley de extranjeros autónomos?
Son varias las que se han establecido en el país.
- Ley Orgánica 4/2000 (artículos 25, 36 y 37).
- Ley 12/2012.
- Instrucción DGI/SGRJ/05/2007.
- Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000.
- Ley 39/2015.
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