Los artistas que participen este año en la gala de los Goya y en general todos los miembros del colectivo del cine pueden estar de enhorabuena. Y es que gracias al Real Decreto 31/2023 aprobado por el Gobierno, se modifica el Reglamento del IRPF para dar cumplimiento a las medidas contenidas en el Estatuto del Artista en materia de retenciones.
Se trata de dos medidas consensuadas en la Comisión Interministerial para el Desarrollo del Estatuto del Artista y destinadas a las personas con rentas más bajas de este colectivo al reducir las retenciones que soportan.
La primera medida, según informan desde TaxDown, consiste en la reducción del 15% al 2% del tipo mínimo de retención aplicable a los rendimientos del trabajo que deriven de una relación laboral especial de las personas artistas que desarrollan su actividad en las artes escénicas, audiovisuales y musicales, así como de las personas que realizan actividades técnicas o auxiliares necesarias para el desarrollo de dicha actividad.
En segundo lugar, también se reduce el tipo de retención del 15% al 7% en relación con las actividades económicas desarrolladas por los artistas. Para ello será necesario que el artista hubiera obtenido en el período impositivo anterior unos rendimientos íntegros de tales actividades inferiores a 15.000 euros y que estos representen su principal fuente de renta, entendida esta última como más del 75% de la suma de los rendimientos íntegros de actividades económicas y del trabajo obtenidos por el contribuyente en dicho ejercicio.
La primera prestación especial por desempleo para el sector cultural y artístico
Además de las medidas aprobadas en materia de IRPF, el Gobierno también establece nuevas medidas de protección social para el sector cultural y artístico incluidas en el Real Decreto-ley 1/2023, según informan desde TaxDown.
Entre ellas destaca una prestación especial por desempleo de cuatro meses y se establecen dos cuantías fijas de hasta el 100% del IPREM según el umbral de cotización. Además, esta prestación es compatible con la percepción de derechos de la propiedad intelectual y de imagen.
Mejora de la protección de los artistas
Este Real Decreto-ley incluye además distintas medidas para que la protección social de los artistas se adecúe a las características de sus profesiones, reforzando especialmente el apoyo a los autónomos que tienen bajos ingresos.
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Se extiende la compatibilidad del 100% de la pensión de jubilación con la actividad artística. Hasta ahora, esa compatibilidad sólo alcanzaba a actividades que generaban derechos de propiedad intelectual; a partir de la entrada en vigor de esta norma, también se aplicará a otras actividades (por ejemplo, una conferencia asociada a la presentación de un libro, y no sólo a los derechos de propiedad de la obra).
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Los beneficiarios de una pensión no contributiva podrán también compatibilizarla con los rendimientos de su actividad artística, siempre que no superen el umbral del Salario Mínimo Interprofesional.
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Se regula la cotización de los pensionistas cuando realicen actividades artísticas, que será únicamente por contingencias profesionales, con una cotización especial de solidaridad del 9% de contingencias comunes.
- Para los artistas autónomos de bajos ingresos (iguales o inferiores a 3.000 euros anuales), la norma incorpora una cotización reducida: en 2023 se fija una base de cotización para ellos de 526,14 euros, que supone una cuota mensual de 161 euros. La base se irá actualizando en años siguientes.
Según el Gobierno, estas medidas tienen el potencial de alcanzar hasta a 70.000 afiliados encuadrados actualmente como artistas tanto en el Régimen General como en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.