La Justicia europea ha sentenciado a España por el abuso de temporalidad de sus empleados públicos. En la sentencia conocida este jueves, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) vuelve a denunciar la consecución «abusiva» de contratos públicos en las Administraciones e insta a España a convertir en fijos a los trabajadores interinos de larga duración.
Pero, ¿afecta a todos los empleados públicos?, ¿qué pasa con los procesos de estabilización que hay en marcha?, ¿debo denunciar? He aquí las principales claves:
¿En qué consiste la sentencia del TJUE sobre los interinos?
El Tribunal considera que la legislación española no es suficiente para evitar que las administraciones públicas abusen de la contratación temporal y que las medidas para desincentivar los contratos que se prorrogan una y otra vez, como indemnizar con 20 días por año trabajado, se quedan cortas.
Así, «a falta de medidas adecuadas» para prevenir y sancionar con arreglo a las normas europeas los abusos derivados de la utilización sucesiva de contratos temporales, incluidos los contratos indefinidos no fijos prorrogados sucesivamente, «la conversión de esos contratos temporales en contratos fijos puede constituir» la solución, recalca la sentencia.
En todo caso, considera que corresponde a la Justicia española modificar la jurisprudencia nacional consolidada si esta se basa en una interpretación incompatible con los objetivos de la legislación europea, particularmente con el Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada.
¿De dónde nace?
El TJUE responde así a una serie de preguntas del Tribunal Superior de Justicia de Madrid relativas a los litigios de tres trabajadores de empresas públicas —la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid y la Agencia Madrileña de Atención Social madrileña— que acumulan entre 25 y 30 años con contratos temporales sucesivos.
¿Cómo afectará a los trabajadores públicos en España?
Existen posturas enfrentadas. Según el abogado Javier Araúz, supone una “revolución”, ya que tendrá un “impacto muy grande” tanto en la ley de estabilización de 2021 y los procesos que se están realizando, como en la jurisprudencia, que “tendrá que cambiar de criterio”.
Los sindicatos, por su parte, llaman a la cautela, pues recuerdan que la sentencia establece “una condicionalidad”. “Viene a decir que cabría la conversión a fijo del personal laboral indefinido no fijo de las Administraciones públicas”, señala la secretaria de acción sindical de la Federación de servicios públicos de UGT, Isabel Araque.
¿Cuántos interinos se verán beneficiados?
Actualmente, en España puede haber unos 800.000 empleados públicos en esta situación, según el despacho Navas & Cusí, que presentó una queja ante la Comisión Europea en julio de 2021 en nombre de la asociación Empleados Públicos en Abuso (EPA).
Araúz, que lleva años litigando para conseguir la fijeza de los trabajadores públicos, se muestra convencido de que afectará “a todos los empleados públicos temporales que estén en situación de abuso”. “¿Y el abuso como se define?”, se pregunta, “pues simplemente por desarrollar funciones que tiene que estar desarrollando el personal fijo, el personal de carrera y no convocar procesos selectivos”, afirma en una entrevista en RNE.
Los sindicatos, por su parte, apuntan a que solo afecta a indefinidos no fijos y no de forma obligatoria.
No obstante, hay dudas en este sentido, pues la sentencia se refiere específicamente a los “abusos derivados de la utilización sucesiva de contratos temporales, incluidos los contratos indefinidos no fijos prorrogados sucesivamente”. Esto es, no solo englobaría a los segundos, sino a todos los interinos de larga duración.
¿Durante cuántos años se debe prolongar la situación de temporalidad?
Araúz cree que, para poder beneficiarse de esta directiva, habría que estar en una situación de temporalidad durante dos o tres años: “Dentro de los pasos que establece la normativa nacional, y estos plazos son clarísimos, en la plaza vacante tiene que estar incluido el proceso selectivo en el plazo de un año y, si no es posible, en el plazo de dos años. Luego, a partir de los dos-tres años, se encuentra el trabajador en una situación de abuso y procede su transformación en el fijo”, añade.
¿Esos años deben ser correlativos?
En opinión del abogado, “no tienen que ser correlativos, aunque puede ser a través de diversos nombramientos y contratos y se admiten interrupciones de hasta dos-tres meses máximo”.
¿Qué pasará con la ley aprobada en 2021?
Precisamente, con el objetivo de reducir la temporalidad en el sector público, el Gobierno aprobó en 2021 una norma que contempla procesos de estabilización para el personal interino que lleva décadas encadenando esta situación. Tenía el objetivo de hacer fijos a unos 300.000 empleados públicos, de los cuales —según Función Pública— ya se ha cumplido el 75% de ese compromiso, es decir, se ha estabilizado a unos 225.000.
Según los sindicatos, “la sentencia no pone en cuestión” dichos procesos, los cuales se están desarrollando en estos momentos y deben concluir antes del 31 de diciembre de 2024.
En contra, el experto considera que sí afectaría, tanto si ya han finalizado como si están en marcha. En el primer caso, sostiene que los procesos que han terminado generan derecho en las personas que han accedido al empleo, el cual no se les puede privar, por lo que “habrá que hacerlos compatibles con el derecho del personal laboral víctima de un abuso”. Esto es, se debería contratar a las dos personas.
En el caso de los procesos que están en marcha, asegura que deberían paralizarse. “La sentencia lo deja claro: la sanción es indispensable. Hay que sancionar siempre que se produce un abuso y el proceso selectivo no ha sido una medida sancionadora”, añade.
¿Y qué dice el Gobierno?
De momento, fuentes de Función Pública a Efe aseguran que “están estudiando la sentencia”, sin dar muchos más detalles.
Por su parte, el ministro competente en la materia, José Luis Escrivá, ha considerado este viernes que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha hecho una interpretación «muy extensiva» en su sentencia sobre los empleados públicos interinos en España, algo que a su juicio no está justificado. Escrivá subraya que la sentencia «se refiere a unos casos concretos y a un ámbito concreto», y por ello ha apuntado que hay que «ver cómo los tribunales españoles van interpretando lo que les sugiere el TJUE».
¿Cuáles son los próximos pasos a seguir?
Ante este escenario, se abren dos posibles vías. La primera, que el legislador se pronuncie sobre la sentencia o que el Tribunal Supremo cambie su doctrina respecto a la temporalidad de los empleados públicos.
Al mismo tiempo, otra opción sobre la mesa es que los afectados acudan a los tribunales para reclamar este derecho.
Pero, ¿debo denunciar de forma individual o colectiva?
Según Araúz, cada caso es diferente, por lo que recomienda analizar «de forma individual» si esta situación es una actuación abusiva en los términos previstos en la directiva. No obstante, añade, “lo que es obligatorio es presentar esa reclamación” porque “solo así se garantiza que se podrá aplicar esta normativa comunitaria”.
Próximas sentencias
Cabe recordar que en el plazo de uno o dos meses está previsto que el TJUE dicte una nueva sentencia sobre este asunto y que será “más importante”, pues plantea cuestiones como el plazo que determina el abuso.