Así serán los ERTE a partir del 1 de abril

Yolanda Díaz y los ERTE
Yolanda Díaz y los ERTE

La reforma laboral ha aprobado un nuevo diseño administrativo para los expedientes de regulación de empleo (ERTE) tras su utilización masiva durante la pandemia.

Con este nuevo esquema las empresas ven ampliadas las posibilidades de suscribir esta herramienta y se prioriza la reducción de la jornada sobre la suspensión de empleo y, en teoría, esta última sobre el despido, en casos de crisis económicas o de la propia empresa.

Las condiciones especiales de los ERTE por la pandemia terminan el próximo 28 de febrero , pero el Gobierno acordó ayer con patronal y sindicatos prorrogar hasta el 31 de mayo las actuales condiciones de los ERTE Covid –que aún afectan a más de 100.000 trabajadores–.

El objetivo es que las empresas que consideren que deben seguir con el ERTE transiten durante este mes a los nuevos modelos aprobados en la reforma laboral. En la actualidad hay más de 100.000 trabajadores con su empleo total o parcialmente suspendido por la pandemia.

En términos generales, antes de la reforma –que entró en vigor el 31 de diciembre, salvo algunas cuestiones incluidas varias referidas a los ERTE– la normativa laboral incluía dos tipos de ajustes temporales de empleo: los conocidos en el argot jurídico como ETOP (que se producían por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción), que eran la inmensa mayoría de los que se producían.

En segundo lugar, los ERTE por fuerza mayor que, a diferencia de los anteriores, seguían necesitando del permiso de la autoridad laboral y estaban limitados a empresas que se veían afectadas por situaciones extremas como incendios de sus instalación, inundaciones o similar.

Hasta que llegó la pandemia, y el Gobierno incluyó el Covid-19 como causa mayor y estos ERTE llegaron a afectar a 3,6 millones de trabajadores en mayo de 2020. Desde entonces, el Ejecutivo y los interlocutores sociales han ido pactando prórrogas de estos ERTE adecuados al Covid variando sus requisitos y ayudas en cada acuerdo.

Ahora, la reforma laboral, ha aprobado un diseño definitivo de dichas herramientas que modifica estas dos modalidades de ERTE ETOP y de fuerza mayor y crea un tercer tipo de ajustes temporales de empleo: el mecanismo RED, para cuando exista una crisis económica generalizada y coyuntural (ERTE cíclicos) o cuando haya algún sector afectado por algún tipo de transición o reconversión (ERTE sectorial).

En ambos casos novedosos (regulados en el artículo 47 bis del Estatuto de los Trabajadores) el Gobierno deberá autorizar su aplicación en un consejo de ministros. Precisamente, el Ejecutivo tiene previsto hacer una primera activación de un ERTE sectorial para las agencias de viajes a partir de abril.

Según todo esto, estas son las principales nuevas características de los modelos de ERTE que habrá de forma definitiva a partir del próximo 1 de abril:

ERTES ETOP

Se mantienen como los ajustes generales y, previsiblemente seguirán siendo más comunes y las empresas los adaptarán cuando tengan problemas económicos, técnicos, organizativos o de producción. Si bien se acortan y simplifican los procedimientos y plazos de su tramitación administrativa.

En estos ERTE sigue sin hacer falta el visto bueno de la autoridad laboral –algo que se eliminó en la reforma de 2012 para los ajustes de empleo extintivos o temporales, salvo para los de fuerza mayor–; pero sí deben seguir negociándose con la representación legal de los trabajadores.

No obstante, el periodo de consultas para negociar estos ERTE se reduce de 15 a 7 días en empresas con menos de 50 trabajadores; además el plazo para constituir la comisión negociadora pasa de 7 a 5 días. En el caso de no existir representación legal de los trabajadores en la empresa, el plazo para constituir la comisión representativa baja de 15 a 10 días. Además, la empresa podrá prorrogar la vigencia del ERTE, durante su vigencia, siempre y cuando mantenga previamente un periodo de consultas de cinco días como máximo con la comisión negociadora.

ERTE por fuerza mayor de carácter temporal

Se mantiene la obligatoriedad para la empresa de solicitar a la autoridad laboral correspondiente (autonómica o nacional) la autorización de este ERTE, acreditando en esta petición las pruebas de que se produce la situación de fuerza mayor.

Al mismo tiempo, la empresa debe informar a la representación de los trabajadores. Como novedad, se incorpora a la ley ordinaria una medida adoptada durante la pandemia: la autoridad laboral deberá resolver la solicitud en el plazo de cinco días, reconociendo o no la existencia de la fuerza mayor. Y, si transcurriera dicho plazo sin respuesta, operará el silencio administrativo positivo y el ERTE quedará automáticamente autorizado.

Otras novedades comunes a los ERTE (ETOP y de Fuerza mayor)

En la modalidad de ERTE de reducción de jornada (también pueden ser de suspensión temporal del empleo) esta podrá recortarse entre el 10% y el 70% de la jornada. Y, como novedad, la norma establece prioridad de los ERTE de reducción de jornada sobre los de suspensión de los contratos.

En esta línea, y como se ha hecho con los ERTE Covid, la ley recoge también la posibilidad de que las empresas puedan sacar o incluir a los trabajadores del ajuste según las necesidades. Eso sí, para afectar o desafectar a los empleados la empresa deberá informar también previamente a los representantes de los trabajadores y a las oficinas del Servicio Público de Empleo (SEPE).

En ambos tipos de ERTE se mantendrá la prohibición de que los trabajadores de las empresas con uno de estos ajustes hagan horas extraordinarias, externalicen actividades o hagan nuevas contrataciones, a no ser que no haya nadie en la compañía para realizar las tareas externalizadas o las de nueva contratación.

En el caso de los ERTE ETOP, las exoneraciones empresariales serán del 20%, condicionadas a la realización de acciones formativas, y en el caso de los de fuerza mayor, del 90%. En ambas modalidades estas ayudas estarán vinculadas al mantenimiento del empleo durante los seis meses posteriores al ajuste y las empresas verán aumentado el crédito disponible para la formación.

Nuevo Mecanismo Red

La reforma laboral incluyó la creación de una tercera modalidad de ERTE, inspirados en este tipo de ajustes en Alemania, que entrarán en vigor el próximo 1 de abril. Es el denominado Mecanismo Red. Se trata de unos ajustes que se regirán por los ERTE ETOP y de fuerza mayor del artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores con algunas particularidades. La primera y más importante es que su activación dependerá del Gobierno que tendrá que autorizarlos en un Consejo de Ministros.

Esta nueva modalidad incluirá dos subtipos de ajustes temporales de empleo: los cíclicos, que se activarán cuando la coyuntura económica y podrán durar como máximo un año. La segunda clase de ERTE del Mecanismo Red será la modalidad sectorial, que se activará por parte del Ejecutivo cuando así lo necesite un sector de actividad concreto que atraviese una crisis provocada por causas interanas o externas y necesite pasar por procesos de reconversión o recualificación de sus trabajadores. En este caso tendrán también una duración de un año , pero podrán tener hasta dos prórrogas de seis meses cada una.

El Gobierno se ha comprometido a activar en abril uno de estos ERTE sectoriales para las agencias de viajes, heridas de muerte por la pandemia de Covid y por los profundos cambios que atraviesan estas actividades por la irrupción de la tecnología y la multitud de webs de reservas turísticas.