Francia ha anunciado este jueves que ha multado a Google con 150 millones de euros (unos 170 millones de dólares) y 60 millones (unos 75 millones de dólares) a Facebook por los procedimientos para rechazar las «cookies» en sus páginas, que son más complejos que los que conducen a su aceptación.
La CNIL, el organismo francés encargado de supervisar la actividad digital, ha justificado la decisión en dos comunicados el montante de esas sanciones por el número de personas afectadas y por los «beneficios considerables» que esos gigantes estadounidenses de internet han obtenido con los ingresos publicitarios que precisamente reciben de forma indirecta gracias a esas «cookies».
En el caso de Google, se trata en realidad de una doble multa, una de 90 millones de euros a la casa matriz y otra de 60 millones a la filial europea, que está domiciliada en Irlanda.
«Somos conscientes de nuestra responsabilidad en proteger esa confianza y nos comprometemos a introducir nuevos cambios y a trabajar activamente con la CNIL a la luz de esta decisión en el marco de la Directiva sobre privacidad electrónica», ha asegurado un portavoz de Google a RNE, quien considera que «los ciudadanos confían» en que la empresa «respeta su derecho a la privacidad» y los mantiene «a salvo».
Francia asegura que el mecanismo de rechazo genera confusión
En su origen están varias denuncias recibidas por la Comisión Nacional de Informática y Libertades (CNIL), que el pasado junio llevó a cabo un control en línea en el que constató unas prácticas que infringen «la libertad de consentimiento de los internautas». La razón es que «no es tan sencillo rechazar las ‘cookies’ como aceptarlas».
En concreto, tanto en las páginas de Google como en las de su servicio de vídeos Youtube existe un botón que permite darles el visto bueno inmediatamente.
Sin embargo, no hay una solución equivalente para permitir que quien las visite diga que no. De hecho, hacen falta varios clics para conseguirlo.
Para la CNIL, esa mayor complejidad equivale a «desalentar a los usuarios a rechazar las ‘cookies’ e incitarlos a privilegiar la facilidad del botón ‘lo acepto'».
Respecto a la sanción a la filial irlandesa de Facebook se basa en el mismo tipo de razones: hacen falta varios clics para rechazar las «cookies» cuando basta con uno para aceptarlas.
Además, el botón para rechazarlas no solo está en la parte baja de la segunda ventana que hay que abrir, sino que aparece bajo el título equívoco de «Aceptar las ‘cookies'».
«Esa denominación genera necesariamente confusión y el usuario puede tener la impresión de que no es posible rechazar las ‘cookies’ y que no dispone de formas de controlarlas», según la CNIL.
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