¿Quién puede cobrar la nueva ayuda de 200 euros del Gobierno?

Los trabajadores, autónomos y desempleados con rentas bajas tienen hasta finales de septiembre para pedir la ayuda de 200 euros incluida en el real decreto-ley aprobado este sábado por el Consejo de Ministros y publicado el domingo en el Boletín Oficial del Estado.

¿Quién puede cobrar la ayuda de 200 euros?

Los trabajadores, autónomos y desempleados con rentas bajas que no cobren el Ingreso Mínimo Vital o una pensión de la Seguridad Social (régimen general, especial o clases pasivas del Estado).

¿Qué requisitos legales se necesitan?

Los beneficiarios deben tener residencia legal y efectiva en España en la fecha de entrada en vigor del real decreto, el pasado lunes 27 de junio, y haberla mantenido de forma continuada e ininterrumpida durante al menos un año.

¿Qué criterios económicos hay que cumplir?

Para recibir esa ayuda, los beneficiarios deben residir en hogares en los que la suma de las rentas que perciban los convivientes sea inferior a 14.000 euros en 2021 y cuyo patrimonio descontando la vivienda habitual no supere los 43.196,40 euros, según la información en poder de la Agencia Tributaria.

¿Cómo se calcula el nivel de renta?

El cómputo de ingresos y de patrimonio es conjunto, considerando todas las personas que vivan en el mismo domicilio a fecha 1 de enero de 2022 «y estén unidos entre sí por matrimonio o relación análoga de, al menos, dos años, o por parentesco, hasta el tercer grado, incluido los afines, así como otras personas con las que se conviva con fines de adopción o acogimiento familiar permanente».

¿Dónde se presenta la solicitud?

La solicitud de esta ayuda de 200 euros se deberá presentar en la sede electrónica de la Agencia Tributaria mediante un formulario electrónico en el que deberá figurar la cuenta bancaria para recibir la transferencia.

¿Cuándo termina el plazo?

Los interesados en beneficiarse de esta medida deben rellenar un formulario electrónico antes del 30 de septiembre de 2022.

¿Cómo sé si me han concedido la ayuda?

Si tres meses después del fin del plazo de presentación, es decir, en enero de 2023, no se ha recibido el pago, se entiende que la solicitud ha sido desestimada. Contra esto se podrá interponer recurso de reposición y reclamación económico-administrativa.

¿Cuántos beneficiarios habrá?

La ayuda consistirá en un pago único que beneficiará a 2,7 millones de personas, según las estimaciones del Ejecutivo. La ministra de Hacienda podrá dictar las normas necesarias para desarrollar, interpretar o aclarar el artículo que establece la ayuda (art. 31 del real decreto 11/2022, de 25 de junio).

¿Por qué no incluye a los que cobran el IMV o una pensión?

El real decreto ya contempla medidas como la prórroga del incremento del 15 % del Ingreso Mínimo Vital o de las pensiones no contributivas, con incrementos anuales superiores a los 200 euros. En el caso de las pensiones contributivas, se actualizan con la inflación media para evitar la pérdida de poder adquisitivo.

¿Cuánto dinero costará la medida?

El Gobierno tiene previsto destinar 540 millones de euros a esta ayuda. De ellos, se transferirán a Navarra y el País Vasco las cantidades correspondientes a los NIF de los beneficiarios residentes en esas comunidades. El resto será gestionado por la Agencia Tributaria.