
La publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de la nueva orden de cotización para 2025 marca un cambio importante en la forma en que autónomos y empresas deben calcular sus aportes al sistema de seguridad social. Estos ajustes surgen a raíz del incremento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y tienen el potencial de afectar tanto a las nóminas de los empleados como a los pagos mensuales de los autónomos.
La normativa, que entró en vigor a finales de febrero, se publicó justo antes de que terminara el mes, lo que ha generado preocupación entre los gestores y graduados sociales, quienes denuncian el escaso margen de tiempo para adaptar las bases cotizadas previas a los nuevos parámetros. A medida que se detecten discrepancias en los pagos ya realizados, la Tesorería de la Seguridad Social se encargará de hacer las reclamaciones necesarias.
Principales cambios en la cotización para autónomos y empresas
Uno de los cambios más significativos es la actualización de las bases mínimas y máximas de cotización para autónomos y empresas. En el caso de los autónomos, las bases se mantienen dentro de los límites previstos, permitiendo una cotización mensual de hasta 4.909,50 euros, mientras que para las empresas, los ajustes impactan en los costos laborales, afectando la estructura de su planificación financiera.
Bases de cotización para autónomos
La nueva orden establece diferentes tramos de cotización según los ingresos netos mensuales de los autónomos. Los tramos varían desde un mínimo de 653,59 euros hasta un máximo de 4.909,50 euros, lo que implica una diferencia sustancial según el rendimiento económico de cada trabajador autónomo.
Tabla reducida para autónomos:
- Tramo 1: Hasta 670 euros → Base mínima: 653,59€ | Base máxima: 718,94€
- Tramo 2: Entre 670 y 900 euros → Base mínima: 718,95€ | Base máxima: 900€
- Tramo 3: Entre 900 y 1.166,70 euros → Base mínima: 849,67€ | Base máxima: 1.166,70€
Tabla general para autónomos:
- Tramo 1: Entre 1.166,70 y 1.300 euros → Base mínima: 950,98€ | Base máxima: 1.300€
- Tramo 2: Entre 1.300 y 1.500 euros → Base mínima: 960,78€ | Base máxima: 1.500€
- Tramo 3: Entre 1.500 y 1.850 euros → Base mínima: 1.143,79€ | Base máxima: 1.700€
Estos tramos buscan alinear las contribuciones con la realidad económica de los autónomos, permitiendo que los ingresos más altos realicen una cotización mayor y, a su vez, no afectando a los más pequeños.
El aumento de las aportaciones
Con la implementación del sistema de cotización por ingresos reales, aquellos autónomos con mayores ingresos tendrán que aportar más al sistema. Esto responde a una política de equidad, en la que los trabajadores con menos ingresos no se verán gravemente afectados por cuotas desproporcionadas. Para las empresas, este cambio también implicará ajustes en los costos laborales, lo que puede afectar la contratación y la estabilidad financiera a corto plazo.
Adaptación del sistema a los ingresos reales
Este nuevo modelo de cotización refuerza el concepto de ingresos reales, consolidando un sistema más justo en el que cada contribución se basa en los ingresos efectivos de cada autónomo. No obstante, esto implica un desafío administrativo significativo, ya que los autónomos deberán presentar un mayor nivel de detalle sobre sus ingresos, lo que podría generar complicaciones en el cálculo de sus bases de cotización.
A pesar de que España seguirá siendo uno de los países con las cotizaciones más altas para autónomos, el gobierno afirma que este nuevo sistema es un paso hacia una mayor equidad en las contribuciones. Las autoridades sostienen que este cambio busca garantizar que los autónomos y las empresas contribuyan de manera justa según su capacidad económica, evitando cargas excesivas para los menos favorecidos.